Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 5 de Julio de 2017, expediente 120132

PresidentePettigiani-Negri-de Lázzari-Soria
Fecha de Resolución 5 de Julio de 2017
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

M.M.G. Y OTROS C/GALOFRE HUGO OSCAR Y OTROS S/ INDEMNIZACION POR MUERTE (ART. 248 L.C.T.) - COD. 218.

La Plata, 5 de julio de 2017.

AUTOS Y VISTOS:

  1. El Tribunal de Trabajo del Departamento Judicial Trenque Lauquen -en la etapa de ejecución de un acuerdo homologado celebrado entre M.G.M., por sí y en representación de su hija menor A.E.G. y los accionados H.O.G. y N.A.P.-, en lo que aquí interesa, rechazó la liquidación elaborada por la parte actora respecto de las cuotas convenidas e impagas. Asimismo, dispuso practicar una nueva liquidación por secretaría conforme las pautas que especificó (fs. 1041/1042 vta.).

  2. Frente a lo así resuelto, las accionantes interpusieron recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley (fs. 1057/1067 vta.), cuya denegatoria -con fundamento en la ausencia de definitividad de la decisión cuestionada (fs. 1068 y vta.)- motivó la articulación de la presente queja (art. 292, CPCC; fs. 1304/1307).

  3. Ahora bien, en este contexto, es oportuno recordar que los recursos extraordinarios sólo proceden contra las sentencias definitivas, es decir, aquéllas que ponen fin a la litis que motivó el pleito, pero no contra las resoluciones que puedan plantearse durante su ejecución, las que, en principio, deben quedar concluidas en la instancia ordinaria (cfr. causas L. 117.948 "D.", res. de 4-VI-2014; L. 117.141 "Municipalidad de H.Y.", res. de 12-XII-2012; L. 113.594 "V.", res. de 31-VIII-2011).

Así, en el caso, el pronunciamiento del tribunal de grado que desestimó la liquidación practicada por la parte...

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