Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V, 19 de Diciembre de 2019, expediente CAF 067205/2017/CA001

Fecha de Resolución19 de Diciembre de 2019
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala V

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA V EXPTE. Nº 67.205/2017/CA1 “MELON ALFARO, ANGEL AURELIO c/ EN-M INTERIOR OP Y

V.-DNM s/

RECURSO DIRECTO DNM”

Buenos Aires, de diciembre de 2019.-

VISTO:

El recurso extraordinario interpuesto por la parte demandada a fojas 243/260, replicado por la actora a fojas 263/267, contra la sentencia de fojas 225/226, y; CONSIDERANDO:

  1. Que a fojas 225/226, este Tribunal hizo lugar al recurso interpuesto por la representante del Ministerio Público de la Defensa y, en consecuencia, revocó la sentencia de grado y declaró la nulidad de las Disposiciones SDX Nros. 292858/12 y 182817/17, por medio de las cuales se había declarado irregular la permanencia en el país del actor, su expulsión del territorio nacional, y la prohibición de reingreso por el término de cinco (5) años.

  2. Que a fojas 243/260, disconforme con dicha decisión, la demandada dedujo recurso extraordinario en los términos del artículo 14 de la Ley N° 48.

    En lo que aquí importa, sostuvo que resultó erróneo el análisis respecto de la aplicación y el alcance de normas de naturaleza federal, tales como el artículo 29 de la Ley N° 25.781 y el Decreto Nº 616/2010.

  3. Que en este estado, corresponde examinar la procedencia del recurso extraordinario federal interpuesto a fojas 243/260.

    Al respecto, cabe señalar que toda vez que el pronunciamiento de esta Sala interpreta la Ley N° 25.871 y normas de carácter federal en sentido adverso al postulado por el recurrente, corresponde conceder el recurso extraordinario deducido, fundado en dicha causal.

  4. Que por otra parte, cabe aclarar que tanto la gravedad institucional como la arbitrariedad atribuida a la sentencia constituyen causales que no pueden ser consideradas por este Tribunal, debiéndose destacar que el pronunciamiento, al margen de su error o acierto muestra suficiente fundamentación, fáctica y jurídica, para...

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