Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala B, 12 de Julio de 2018, expediente COM 070879/2001

Fecha de Resolución12 de Julio de 2018
EmisorCamara Comercial - Sala B

Poder Judicial de la Nación CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO COMERCIAL SALA B 70879/2001 - MEDINA TELLEZ, BRAULIA s/ CONCURSO PREVENTIVO Juzgado n° 9 - Secretaria n° 18 Buenos Aires, 12 de julio de 2018.

Y VISTOS:

La regulación de honorarios del síndico por el control del cumplimiento del acuerdo homologado deberá efectuarse con base en el monto efectivamente pagado a los acreedores (conf. art. 289 ley 24.522).

Por ello, se confirman en un mil ciento cuarenta pesos ($

1.140) los honorarios regulados a favor de la síndico contadora Silvia B.

Giambone y en doscientos ochenta y cinco pesos ($ 285) los del letrado patrocinante de la sindicatura S.J.A..

P. a la Dirección de Comunicación Pública de la CSJN, conforme lo dispuesto en el art. 4 de la...

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