Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - SALA B - CAMARA EN LO COMERCIAL, 13 de Febrero de 2014, expediente 1622/2014

Fecha de Resolución13 de Febrero de 2014
EmisorSALA B - CAMARA EN LO COMERCIAL

Poder Judicial de la Nación Sala B Expediente n° 1622/2014 - "MEDICAL IMAGE DIAGNOSTICO POR IMAGENES SA S/CONCURSO PREVENTIVO S/ INCIDENTE DE VERIFICACION DE CREDITO (Y PRONTO PAGO POR BROY ADRIAN GUSTAVO)"

Juzgado n° 4 - Secretaría n° 7 Buenos Aires, 13 de febrero de 2014.

Y VISTOS:

  1. Apeló A.G.B. la resolución de fs. 71/3. Sostuvo el recurso con la memoria de fs. 76/7 contestada a fs. 83.

  2. a) Posee privilegio general el honorario del abogado regulado en sede laboral (CNCom., esta S., in re "Florida Automotores S.A.

    s/concurso preventivo s/incidente de verificación por V.J.", del 30.6.05).

    1. Sin perjuicio de ello no corresponde el devengamiento de intereses más allá de la presentación concursal.

      Nótese que la LCQ 19, con la incorporación introducida por la ley 26.684:6, sólo excluyó de la suspensión del curso de los intereses "...los créditos laborales correspondientes a la falta de pago de salarios y toda indenmización derivada de la relación laboral".

      El crédito reconocido no puede quedar incluido dentro de las prescripciones contenidas en la norma citada.

      En idéntido sentido se ha pronunciado la jurisprudencia con anterioridad a la reforma comentada (CNCom., Sala D, in re "M.M.S.A.

      s/concurso preventivo s/incidente de verificación de crédito por S.L.E.", de del 1.12.09).

    2. Por lo demás, resulta improcedente que el letrado de un trabajador persiga el pronto pago de sus honorarios toda vez que no goza de ese derecho por no encontrarse comprendido en las disposiciones de la LCT 266, que remite sólo a los supuestos de la LCT: 232 y 245 a 254. La normativa laboral reviste carácter derogatorio de la ley 19551: 176:2 -actualmente ley 24522: 183:2-, la primera parece atender mas al propósito del legislador de morigerar los efectos dañosos de la quiebra frente a quienes socialmente se ven mas perjudicados pues pierden su fuente de trabajo, y ambas previsiones resultan excluyentes, toda vez que la legislación laboral manda al juez concursal aplicar tal...

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