MCEWAN, ROBERTS, DOMINGUEZ, CARASSAI S.C.

Fecha de publicación04 Febrero 2021
SecciónSociedades,REFORMA OTRAS SOCIEDADES
EmisorMCEWAN, ROBERTS, DOMINGUEZ, CARASSAI S.C.
(CUIT 30-70883620-2) Comunica que se aprobó por: Acta de Socios N° 6 de fecha 13/03/2020 la renuncia de Herberto Antonio Robinson a su condición de Socio; (ii) Acta de Reunión de Socios N° 7 de fecha 13/03/2020 la reforma de los 1°, 5°, y 14° del Estatuto Social elevado a escritura pública N° 149 el 16/09/2020, que quedan redactados de la siguiente forma: “ARTICULO PRIMERO: La sociedad se denomina “ROBERTS, DOMINGUEZ, CARASSAI Y CÍA. SOCIEDAD COLECTIVA” y es continuadora por cambio de denominación social de “MCEWAN, ROBERTS, DOMINGUEZ, CARASSAI SOCIEDAD COLECTIVA” y por transformación de “MCEWAN, ROBERTS, DOMINGUEZ, CARASSAI SOCIEDAD CIVIL”, con domicilio social, legal y administrativo, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. El fallecimiento o retiro del socio cuyo apellido figura en la denominación social no constituyen un motivo para exigir su cambio o la disolución total o parcial de la Sociedad. La Sociedad podrá trasladar este domicilio, y podrá instalar sucursales, agencias, u otras dependencias en el país o en el exterior. La Reunión de Socios determinará el lugar de instalación de la sede social o sus cambios, dentro de la Ciudad de Buenos Aires.ARTICULO QUINTO: El capital de la Sociedad es de QUINCE MIL DOSCIENTOS PESOS, se encuentra totalmente suscripto e integrado, y se distribuye de acuerdo con el siguiente detalle: 1) El señor Pablo Julián Roberts resulta titular de CUATRO MIL QUINIENTOS SESENTA PESOS, es decir, del treinta y por ciento del capital social, que da derecho a 4.560 votos; 2) El señor Esteban Raúl Domínguez resulta titular de CUATRO MIL QUINIENTOS SESENTA PESOS, es decir, del treinta por ciento del capital social, que da derecho a 4.560 votos; 3) El señor Hernán Carlos Carassai resulta titular de CUATRO MIL QUINIENTOS SESENTA PESOS, es decir, del treinta por ciento del capital social, que da derecho a 4.560 votos; y 4) El Sr. Rodrigo Paredes Bluma resulta titular de MIL QUINIENTOS VIENTE PESOS, es decir, el diez por ciento del capital social, que da derecho a 1520 votos. Integración: Todos los aportes de capital han sido integrados en dinero en efectivo.- Cuando el giro de los negocios de la Sociedad lo requiera, podrá aumentarse el capital social de la Sociedad, en Reunión de Socios, la que determinará el plazo y el monto de integración, conforme a la participación social de cada uno de los Socios.- ” “ARTICULO DECIMOCUARTO: Reuniones de Socios: Los Socios deberán reunirse periódicamente para el tratamiento de los asuntos de...

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