Sentencia de CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B - SECRETARIA CIVIL, 12 de Febrero de 2020, expediente FRO 044242/2016/CA001

Fecha de Resolución12 de Febrero de 2020
EmisorCAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B

Prev/Def Rosario, 12 de febrero de 2020.-

Visto, en Acuerdo de la S. “B”, el expediente N.. FRO

44242/2016, caratulado “MAZZALI, G.E. c/ ANSES s/ Reajustes por Movilidad” (Originario del Juzgado Federal N.. 1 de la ciudad de Santa Fe).

Vienen los autos a esta alzada, en virtud de los recursos de apelación interpuestos por las partes (fs. 77 y 78) contra la sentencia del 13 de noviembre de 2017, que revocó la resolución recurrida y ordenó a la Anses que recalcule el haber inicial del actor y lo reajuste conforme a los parámetros aplicables de los fallos citados en los considerandos y por el periodo allí

consignado. Difirió para la etapa de ejecución de sentencia, el planteo formulado con relación a la inconstitucionalidad de los topes legales y en lo que refiere al recalculo de la prestación básica universal, de conformidad a los argumentos vertidos en los considerandos. Dispuso que se abonen los retroactivos provenientes de las diferencias por los períodos no prescriptos y los intereses calculados según la tasa pasiva promedio que publica mensualmente el Banco Central de la República Argentina desde que cada uno es debido y hasta el efectivo pago conforme a las disposiciones de las leyes 26.153 y 25.344, sus complementarias y reglamentarias en lo que pudiera resultar aplicables debiendo descontarse los aumentos que pueda haber percibido el accionante por los incrementos otorgados por el PEN con carácter general, con costas en el orden causado (fs. 72/76 vta.).

Concedidos libremente los recursos (fs. 79), se elevaron los autos a esta Alzada y por sorteo informático quedaron radicados en esta S. “B”,

donde las partes expresaron sus agravios (fs. 83/87 y 89/93).

Ordenado el traslado respectivo (fs. 94), no fue contestado, por lo que pasaron los autos al Acuerdo y la causa quedó en condiciones de ser resuelta (fs. 96).

Y Considerando que:

  1. ) La actora se agravió por la falta de tratamiento de la omisión de ANSES de considerar para el promedio de remuneraciones parte de períodos Fecha de firma: 12/02/2020

    Alta en sistema: 13/02/2020

    Firmado por: J.G.T., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: E.V., Juez de Cámara #29182902#255025981#20200212120938881

    trabajados bajo relación de dependencia y remuneraciones consignadas en las Certificaciones de Servicios y Remuneraciones acompañadas a las actuaciones,

    (periodos 18/08/1975 a 31/05/1978 y 01/01/1987 a 10/02/1994), lo que estima que hubiera arrojado un resultado sustancialmente superior al calculado administrativamente.

    Explicó que según la resolución n° 524/08 para la acreditación de remuneraciones posteriores al 01/01/70 a 30/06/94 se ordena consignar las...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR