Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V, 3 de Mayo de 2022, expediente CAF 045194/2019/CA001

Fecha de Resolución 3 de Mayo de 2022
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala V

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

FEDERAL- SALA V

45194/2019

MAZZA, L.N. Y OTROS c/ EN - M SEGURIDAD - PFA

s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

En Buenos Aires, Capital Federal de la República Argentina, a los días del mes de mayo de dos mil veintidós, reunidos en Acuerdo los Señores Jueces de la Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, para resolver el recurso interpuesto en el expediente “M.L.N. y otros c/ EN - Mº Seguridad - PFA s/ Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg.” el Tribunal estableció la siguiente cuestión a resolver:

¿Se ajusta a derecho la sentencia apelada?

El Sr. Juez de Cámara, Dr. P.G.F., dijo:

I.-Que mediante la sentencia del 21/12/21, el Sr.

Juez de la instancia anterior hizo lugar a la demanda entablada en autos;

declaró el derecho a la inclusión de las sumas correspondientes a los incrementos salariales otorgados por los decretos nros 380/17 y 491/19, en el haber mensual de los actores, con carácter remunerativo y bonificable; y al pago de las sumas que resulten de la liquidación que deberá efectuar la demandada, respecto de las retroactividades devengadas. Asimismo,

declaró insustancial la demanda respecto del planteo de inconstitucionalidad formulado. Impuso las costas a la vencida.-

II.-Que el 28/12/21 apeló la parte demandada y el 6/03/22 expresó agravios, los que fueron contestados por su contraria el 22/03/22. El 28/03/22 se llamaron autos a sentencia.-

III.-Que en relación con el Decreto Nº 380/17,

dictado el 30/05/2017, cabe señalar que mediante esa norma se fijó el haber mensual del personal de la Policía Federal Argentina. Asimismo, derogó los arts. 396 ter y 396 quater, que habían otorgado los suplementos particulares Fecha de firma: 03/05/2022

Alta en sistema: 04/05/2022

Firmado por: M.L.A., SECRETARIA DE CAMARA

Firmado por: G.F.T., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: PABLO GALLEGOS FEDRIANI, JUEZ DE CAMARA

Firmado por: J.A., JUEZ DE CAMARA

"Servicio Externo Uniformado" y "Apoyo Operativo" de la reglamentación de la Ley Nº 21.965, aprobada por el Decreto Nº 1866/83 y sus modificatorios, creados por el artículo 1 del Decreto Nº 2140/13.-

IV.-Que en su expresión de agravios, afirma la demandada que los suplementos creados por el Decreto nro. 380/17 no son percibidos por la generalidad del personal y afirma su carácter no remunerativo y/o no bonificable.-

V.-Que los agravios de la demandada...

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