Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV, 28 de Junio de 2016, expediente CAF 083130/2015/CA001

Fecha de Resolución28 de Junio de 2016
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA IV 83130/2015 MAXICONSUMO SA c/ DNCI s/DEFENSA DEL CONSUMIDOR - LEY 24240 - ART 45 Buenos Aires, de junio de 2016.- MSU AUTOS Y VISTOS:

  1. ) Que este tribunal reguló en las sumas de $2.000 y de $800, respectivamente, los honorarios regulados a favor de la dirección letrada y representación de la parte demandada por las tareas elaboradas ante esta alzada. Asimismo, atendiendo a la vigencia temporal del convenio aprobado por la res. MEyFP 650/15, distribuyó el monto de los emolumentos en las sumas de $500 y de $200, respectivamente, a favor de los doctores J.C.M. y N.O. (confr. fs. 147/151).

  2. ) Que la suma de $200 regulada a favor del D.O., con relación a la res. MEyFP 650/15, y siendo que se encuentran pendientes de percepción los honorarios regulados, corresponde dejar sin efecto la distribución respecto al mencionado letrado, toda vez que se ha incurrido en un error material en la regulación de honorarios en cuestión, por lo que donde dice: “200”, debe leerse: “800”, como allí se consigna.

  3. ) Que, por último, en atención a lo solicitado a fs. 166, teniendo en cuenta la regulación de honorarios de fs.147/151 y su presente aclaratoria, el depósito acreditado a fs. 160/162, la imputación al pago efectuada a fs...

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