MATTEAZZI, GUADALUPE LUCIA c/ ASOCIACION CIVIL HOSPITAL ALEMAN Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS - RESP.PROF.MEDICOS Y AUX.

Número de expedienteCIV 054616/2017/CA002
Fecha13 Abril 2022
Número de registro775

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA C

CIV 54616/2017 JUZG. N° 48

En la ciudad de Buenos Aires, capital de la República Argentina, a los días del mes de Abril de 2022, reunidos en acuerdo los señores jueces de la Sala “C” de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, para cono-

cer de los recursos interpuestos en los autos “MATTEAZZI, GUADALUPE LUCIA c/ ASOCIACION CIVIL

HOSPITAL ALEMAN / DAÑOS Y PERJUICIOS”, respecto de la sentencia que luce en fs. 994/1006, el tribunal estableció la siguiente cuestión a re-

solver:

¿Se ajusta a derecho la sentencia ape-

lada?

Practicado el sorteo, resultó que la votación debía efectuarse en el orden siguien-

te: Sres. jueces de cámara D.. Converset,

D.S. y Trípoli.

Sobre la cuestión propuesta el Dr.

Converset dijo:

I.A. de la causa.

A.1.- Guadalupe Lucía Matteazzi, pro-

movió demanda por daños y perjuicios contra el Hospital Alemán Asociación Civil, el Dr. D.H.D., y el Dr. R.H. Me-

Fecha de firma: 13/04/2022

Firmado por: O.L.D.S., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: J.M.C., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: R.G.S., PROSECRETARIO LETRADO

néndez por la mala praxis que sostuvo haber su-

frido.

Dijo que es afiliada al plan médico del Hospital Alemán y que en febrero de 2016 se le diagnosticó la enfermedad de Cushing, con la presencia de un microadenoma ubicado en la hi-

pófisis.

Refirió que los médicos tratantes con-

cluyeron en operar para extirpar tal tumor me-

diante una cirugía transefenoidal, que fuera efectuada, previa realización de los controles prequirúrgicos, el 31 de marzo de 2016 a las 9:30 hs y que estuviera a cargo del Dr. D.D. y su ayudante primero el Dr. Menén-

dez.

Alegó que el consentimiento informado no luce suscripto y se encuentra con varios sectores en blanco. Añadió que, ante su consul-

ta, el Dr. D’Osvaldo informó que las complica-

ciones en este tipo de operaciones eran esca-

sas.

Indicó que a las 21 hs, el Dr. Menén-

dez informa a su familia que la operación se había complicado dado que habían realizado una incisión con lesión a nivel de carótida derecha interna, que provocara un sangrado profuso agu-

do que ponía en grave riesgo la vida, siendo derivada al servicio de hemodinamia.

Fecha de firma: 13/04/2022

Firmado por: O.L.D.S., JUEZ DE CAMARA

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Agregó que alrededor de las 23:30 hs,

le indican a los familiares que iban a bloquear la arteria carótida, por lo que se esperaba desde una hemiplejia hasta un infarto cerebral.

Señaló que, de la lectura del parte de cirugía, al cortar la duramadre -membrana que cubre el cerebro- los cirujanos lesionan en forma grave la arteria carótida derecha inter-

na, complicación poco frecuente y que pone en evidencia un acto de grosera mala praxis médi-

ca.

Expuso que recién a la 1:30 hs del 1

de abril, se informa que pudo realizarse la ma-

niobra de tapado de la arteria carótida, siendo trasladada a terapia intensiva.

Detalló la recurrente los padecimien-

tos físicos que sufrió mientras estuvo interna-

da: paro respiratorio, problema de fístula ca-

rótida -que requirió posterior embolización- y goteo de líquido cefalorraquídeo.

Añadió que nunca llegaron a extraer el tumor y que, a poco de ser externada, el 18 de abril, el Dr. D´O. le dice que sería peli-

groso intentar una segunda operación y le su-

giere realización de radiocirugía. Sobre el punto expuso que ello no eliminaba el tumor de inmediato, era un tratamiento prolongado y de segunda línea, que carece de la efectividad y resultado que la intervención quirúrgica pre-

tende. Ante ello realizó consultas externas y Fecha de firma: 13/04/2022

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desembocó en el Hospital Italiano, cuyos médi-

cos realizaron la intervención exitosamente el 18 de julio, señalando que abonó de su peculio esta última operación ya que el Hospital Alemán no se hizo cargo.

  1. 2.- Al comparecer al proceso, el Dr. D.D. adujo que, ante la enfer-

medad de la actora, se le realizó una cirugía con técnica universalmente aceptada para esa patología, como es el abordaje transeptoesfe-

noidal. Dijo que durante la cirugía se presentó

como complicación una lesión de la arteria ca-

rótida interna derecha que produjo un sagrado que pudo controlarse con “packing” (compresión de la arteria sangrante con sustancias hemostá-

ticas) y por un cateterismo que logró bloquear el sitio de la hemorragia, ocluyendo la arteria carótida derecha.

Expuso que, si bien tal complicación es poco frecuente, está descripta en la biblio-

grafía médica y es potencialmente grave, con riesgo de secuelas neurológicas severas, en el caso concreto la paciente evolucionó sin secue-

las. Sobre el punto alegó que durante la inter-

nación intercurrió con una fístula de líquido cafalorraquídeo y fístula carótido cavernosa,

ambas resueltas favorablemente.

Dijo que ante la complicación presen-

tada se difirió el tratamiento definitivo del micro adenoma hipofisario, sugiriéndose la rea-

Fecha de firma: 13/04/2022

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lización de una radiocirugía. Dijo que la pa-

ciente no aceptó esa indicación y eligió ser operada en otra institución.

A.3.- Luego compareció el Hospital Alemán Asociación Civil. Señaló que, luego de las evaluaciones prequirúrgicas pertinente, la actora fue intervenida por el Dr. D’ O.,

por cirugía transnasal transesfenoidal, técnica mínimamente invasiva y universalmente aceptada para el tratamiento de la patología presentada.

Agregó que al abordar quirúrgicamente la silla turca, al abrir la membrana meníngea (durama-

dre), se produce una lesión de la arteria caró-

tida interna derecha a nivel del seno caverno-

so, con un profundo sangrado que dificultosa-

mente pudo controlarse comprimiendo la arteria sangrante, logrando el cirujano interviniente que no sangrara y permitiendo que la paciente se compensara hemodinámicamente. Tal complica-

ción se resolvió con el bloqueo del sitio de la hemorragia, ocluyendo la carótida cavernosa con colis.

Manifestó que la paciente evolucionó

sin sangrados del sitio quirúrgico hipofisiario y se recuperó sin lesiones neurológicas. Añadió

que no pudo extraerse tumor hipofisiario. Agre-

gó que días más tarde se procedió a la realiza-

ción de un retoque endovascular para bloquear una fístula carotidea persistente, con éxito.

Refirió, por otra parte, que durante algunos días presentó secreción nasal que cedió espon-

Fecha de firma: 13/04/2022

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táneamente, siendo dada de alta sin secuelas neurológicas.

Afirmó que, ante la complicación pre-

sentada, el cirujano aconsejó hacer radiociru-

gía ya que, en su opinión, constituía la mejor opción terapéutica. Finalmente indicó que una lesión en la carótida interna derecha a nivel del seno cavernoso, constituye una complicación relacionada con el acto operatorio, aunque no se encuentre dentro de los riesgos previsibles,

ya que se da en el 1% de los casos.

A.4.- El Dr. R.H.M. sostuvo que, si bien el diagnóstico y la indi-

cación quirúrgica resultaron adecuados, no tuvo ninguna participación en tales decisiones. Pre-

cisó que de la propia historia clínica resulta que participó en la cirugía cuestionada en ca-

rácter de primer ayudante, siendo su función acotada y sin intervención directa en las deci-

siones tácticas y técnicas que se toman en las intervenciones.

A.5.- SMG Cia Argentina de Seguros SA

reconoció la cobertura contratada por Hospital Alemán, Asociación Civil sin fines de lucro,

instrumentada en la póliza nro. CLI 551260-0 en vigor desde el 30.4.2016 hasta el 30.4.2017 y que cubre reclamos durante su vigencia, por ac-

tos de mala praxis cometidos a partir del 1.4.96 hasta el 30.40.2017. Tal cobertura tiene una suma máxima de U$S 455.000 por reclamo,

Fecha de firma: 13/04/2022

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contando con un límite agregado anual de U$S

1.365.000. Adhirió a las réplicas de los gale-

nos emplazados y su aseguradora.

Indicó que, en la mayoría de los tumo-

res hipofisiarios, el tratamiento de elección es la resección por vía transesfenoidal. Adujo que la lesión de la arteria carótida es una complicación poco frecuente pero reportada en la literatura. Sostuvo que la radiocirugía tam-

bién constituye una opción como tratamiento primario de la patología, avalada por literatu-

ra especializada y con buenos resultados. Por último, expuso que la indicación de cirugía como la técnica utilizada fueron correctas, y que la lesión de la arteria carótida fue rápida y correctamente diagnosticada y tratada sin de-

jar secuela alguna.

A.6.- Seguros Médicos SA evacuó la ci-

tación en garantía y reconoció sendas cobertu-

ras por responsabilidad civil médica a favor de R.H.M. y D.D.,

con una cobertura de $750.000 y $350.000 res-

pectivamente y una franquicia del 5%. Adhirió a las réplicas efectuadas por sus asegurados.

B.- En la anterior instancia, el sen-

tenciante, luego de valorar los peritajes médi-

cos rendidos en el presente y en el expte. n°

43062/2016 sobre prueba anticipada tuvo por acreditado que, en ocasión de efectuársele a la actora la fallida extracción de un microadenoma Fecha de firma: 13/04/2022

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de hipófisis en la práctica quirúrgica del día 31.3.2016, durante la apertura de la duramadre,

se produjo la rotura de la arteria carótida in-

terna que corre a ambos lados de la silla tur-

ca. Sostuvo que ello provocó complicaciones in-

mediatas y mediatas en la actora...

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