Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala V, 7 de Marzo de 2017, expediente CNT 010264/2015/CA001

Fecha de Resolución 7 de Marzo de 2017
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala V

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA V Expte. Nº CNT 10264/2015/CA1 SENTENCIA DEFINITIVA. 79795 AUTOS: “MATTAR, MARIO ANTONIO C/QBE ARGENTINA S.A.

S/ACCIDENTE –LEY ESPECIAL”- (JUZG. Nº 17).

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, capital federal de la República Argentina, a los 7 días del mes de marzo de 2017 se reúnen los señores jueces de la Sala V, para dictar la sentencia en esta causa, quienes se expiden en el orden de votación que fue sorteado oportunamente; LA DRA. G.E.M. dijo:

  1. - Contra la sentencia definitiva de fs. 106/115 se alza la parte actora en los términos del memorial de fs.116/119.

  2. - Recurre la actora porque la jueza de primera instancia, a su entender, disminuye totalmente el porcentaje de incapacidad psicológica informada por el perito médico y rechaza el planteo en dicho punto.

    La parte actora en primer lugar, se agravia por una errónea valoración de la prueba médica porque –en su tesis- la jueza de grado estimó que no tiene incapacidad psíquica en forma arbitraria, basándose en apreciaciones personales que no pueden desvirtuar las consideraciones médico legales expresadas por el experto.

    Toma como conclusión del informe del perito interviniente que la actora: “el trabajador debe al menos explicar claramente al iniciar su acción cual es la enfermedad psíquica que padece (…) A partir del propio relato de la demandada y de su insuficiencia en el contexto más arriba señalado, este aspecto del reclamo no puede resultar acogido” (ver fs. 107/108).

    En el caso concreto, la experta concluye que “Presenta una estructura de personalidad previa dentro de la normalidad funcional con plasticidad, flexibilidad, de rasgos ansiosos depresivos y agresivos, inmadurez emocional y sin estrategias defensivas para afrontar la adversidad. Dificultades para metabolizar situaciones de trauma o duelo. Es objeto de la pericia médica oficial determinar la vinculación entre el hecho accidental y las secuelas físicas. De constarse dicha vinculación, se habrían intensificado los rasgos de la personalidad de base ansiosos depresivos, a causa de las limitaciones físicas con alteración del esquema corporal” (ver fs. 73).

    El perito médico informa que: “P. 18/09/15L.. M.I.B. (…) Desde el punto de vista psicológico presenta una Reacción Vivencial Anormal Neurótica con manifestaciones ansioso-depresivas G.I. con alta concausalidad con la personalidad de base (5% Incapacidad) (…) Ver psicodiagnóstico y batería de tests realizados y firmados por el actor. Se considera que la personalidad influyó en un 50% (…) El tratamiento psicológico- psiquiátrico puede mejorar la Fecha de firma: 07/03/2017 Firmado por: E.N.A.G., JUEZ DE CÁMARA 1 Firmado por: L.M.D.'ARRUDA, SECRETARIO DE CAMARA Firmado por: G.E.M., JUEZ DE CÁMARA #24715036#173238170#20170307092645297 sintomatología. Se sugiere terapia semanal durante un año” (ver...

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