Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social - Camara Federal de la Seguridad Social - Sala 1, 14 de Febrero de 2017, expediente CSS 007874/2012/CA001

Fecha de Resolución14 de Febrero de 2017
EmisorCamara Federal de la Seguridad Social - Sala 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 1JLG Expte nº: 7874/2012 Autos: “MATIENZO NICOLAS AGUSTIN c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS”

J.F.S.S. Nº 2 Sentencia Definitiva del Expte. Nº 7874/2012 Buenos Aires, AUTOS Y VISTOS:

  1. Llegan las presentes actuaciones a este Tribunal en virtud de los recursos de apelación interpuestos por ambas partes, contra la sentencia dictada por la Sra. Juez a cargo del Juzgado Federal de la Seguridad Social n° 2.

    La parte demandada se agravia de la aplicación del fallo “S.” como si también la desnaturalización de dicho fallo. Asimismo se queja de la declaración de inconstitucionalidad de los arts 9 de la ley 24.463, 24, 25 y 26 de la ley 24.241 y finalmente cuestiona la aplicación del precedente “B.” y la declaración de inconstitucionalidad del art 7 inc 2 de la ley 24.463 entre los periodos 1/1/2002 y 31/12/2006 y entre 1/1/2008 y el 28/02/2009.

    Por su parte la actora se agravia de las costas impuestas, la movilidad posterior al año 2007 y la tasa de interés aplicada. Finalmente se queja de la falta de tratamiento en cuanto a los aportes voluntarios, la declaración de inconstitucionalidad del art 9 de la ley 24.463 y en cuanto a la excepción de prescripción.

    A fs 83 apela honorarios por altos y bajos.

  2. Surge de autos que el actor obtuvo el beneficio de jubilación al amparo de la ley 24.241, adquiriendo las siguientes prestaciones: Prestación Básica Universal, Prestación Compensatoria y Prestación Adicional por Permanencia. Adquiriendo el beneficio con fecha 11 de diciembre de 2007.

  3. Ahora bien, a los efectos de determinar la remuneración promedio para el calculo de la Prestación Compensatoria y la Prestación Adicional por Permanencia, corresponde aplicar el índice de los salarios básicos de la industria y la construcción –

    personal no calificado- (Res. 140/95 conf. Res. SSS n°413/94 concordante con Res. D.E.A.

    63/94), en las remuneraciones percibidas por el titular hasta la fecha de adquisición del beneficio (Elliff, A. c/ Anses s/ Reajustes Varios”, sentencia del 11 de agosto de 2009, CSJN).

    IV En orden al agravio deducido por la parte demandada respecto a la actualización del haber con posterioridad a diciembre de 2006, este Tribunal considera que Fecha de firma: 14/02/2017 Firmado por: DRA. MAFFEI - DR.CHIRINOS -DRA.PEREZ TOGNOLA, JUECES DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.M.L., SECRETARIA DE CAMARA #26052207#170769942#20170201125526382 resultan de aplicación las disposiciones...

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