Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V, 8 de Septiembre de 2016, expediente CAF 033181/2015/CA001 - CA002

Fecha de Resolución 8 de Septiembre de 2016
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala V

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA V 33181/2015 MASSOT, V.G. c/ EN-CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DEL PODER JUDICIAL DE LA NACION s/AMPARO LEY 16.986 Buenos Aires, de septiembre de 2016.

VISTO; CONSIDEARANDO:

  1. Que el Sr. V.G.M. promovió acción de amparo en los términos del artículo 43 de la Constitución Nacional y concordantes de la Ley Nº 16.986 contra el Estado Nacional –Consejo de la Magistratura de la Nación, a fin de que se declare la ilegalidad y nulidad de la Resolución Nº 131/2015 del Plenario del Consejo de la Magistratura de la Nación.

    Manifestó que se encuentra sometido a un proceso penal ante el Juzgado Federal Nº 1 de Bahía Blanca. Luego de distintos nombramientos efectuados en dicho Tribunal, el Plenario del Consejo de la Magistratura de la Nación mediante el dictado de la Resolución Nº 135/2015 decidió –por mayoría de votos- y en flagrante violación a la Ley de Subrogancias Nº 27.145, al Reglamento de Subrogancias Nº 8/2014 emitido por dicho cuerpo, y a la garantía del juez natural que le asiste, la designación como del D.A.R.P. como juez subrogante del mencionado Tribunal. Este último se desempeña actualmente como magistrado titular del Juzgado Federal de Dolores, a más de 600 kilómetros de Bahía Blanca.

    Adujo que la nueva Ley de Subrogancias Nº

    27.145 en su artículo 2º no modificó el sistema de selección de magistrados subrogantes que tenía su antecesora, en cuanto preveía la designación de dichos magistrados se debe realizar con un juez o jueza de igual competencia de la misma jurisdicción o con un miembro de la lista de conjueces confeccionada de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 3º de dicha ley.

    Expresó que por lo expuesto resulta llamativo el proceder de la demandada ya que justamente en la jurisdicción federal de Bahía Blanca no sólo se encuentra en funciones Fecha de firma: 08/09/2016 Firmado por: TREACY-ALEMANY, #27147348#161542362#20160908091415936 un magistrado con igual competencia, como lo es la Dra. M.G.M. (actualmente titular del Juzgado Federal Nº 2 de Bahía Blanca), sino que también se encuentra disponible una lista de conjueces propuesta por el Poder Ejecutivo Nacional, con expreso acuerdo de la Honorable Cámara de Senadores.

    Señaló, por tanto, que la decisión adoptada por el Plenario del Consejo de la Magistratura de la Nación impugnada en autos resulta manifiestamente ilegal por trasgredir de manera expresa...

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