Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social - Camara Federal de la Seguridad Social - Sala 1, 7 de Septiembre de 2015, expediente CSS 063649/2013/CA001

Fecha de Resolución 7 de Septiembre de 2015
EmisorCamara Federal de la Seguridad Social - Sala 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 1 Expte nº: 63649/2013 Autos: “M.A.L. c/ ANSES s/RETIRO POR INVALIDEZ (ART 49 P.4. LEY 24,241)”

Sentencia Definitiva del Expte. Nº 63649/2013 Buenos Aires,

I.C. el dictamen de la Comisión Médica Central, que estima que la incapacidad de la recurrente no alcanza los valores previstos en el art. 48 de la ley 24241, se deduce recurso de apelación, por lo que corresponde la apertura de la instancia (ver fs. 55 , art. 49, apartado 3, ley 24241).

  1. Conferida vista al Cuerpo Médico Forense, elevó el informe que obra glosado a fs. 59, con lo cual se comprueba que, en cumplimiento de lo dispuesto a fs. 58, la titular de autos fue citado para que concurra a consulta médica y no se presentó.

    Asimismo, cabe destacar que el actor ha mantenido silencio ante el traslado efectuado a fs. 65.

    La injustificada conducta omisiva por parte del actor impide a este Tribunal tener la opinión del perito médico designado en autos y de tal modo poder evaluar la justificación de su cuestionamiento al dictamen de la Comisión Médica Central.

    Por lo expuesto, atento no haber demostrado el damnificado los reales motivos de la su incomparecencia, en virtud de lo dispuesto por el art. 48 de la ley 24.241, corresponde confirmar lo dictaminado por la Comisión Médica Central a fs.

    50/53, sin perjuicio de la facultad que confiere al interesado la Ley 20.606.

    Por ello, el TRIBUNAL

    RESUELVE:

  2. Confirmar el dictamen de fs...

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