Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - SALA L, 29 de Septiembre de 2015, expediente CIV 056201/2012

Fecha de Resolución29 de Septiembre de 2015
EmisorSALA L

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA L 56201/12 MARTINEZ, V.D. Y OTROS c/ INSTITUTO ARGENTINO DE DIAGNOSTICO Y TRATAMIENTO S.A. Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS - RESP.PROF.MEDICOS Y AUX.

Buenos Aires, de septiembre de 2015.- CB AUTOS Y VISTOS:

Para resolver el recurso extraordinario interpuesto a fs. 654/666 por el Banco Central de la República Argentina, traslado que fue contestado a fs. 669/672 por la actora, contra lo resuelto por el Tribunal a fs. 641/642.- A fs. 678/683 dictamina la Sra. Defensora de Menores de Cámara.- El Sr. Fiscal de Cámara se abstiene de hacerlo.-

La doctrina de la arbitrariedad elaborada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación no tiene por objeto corregir en la instancia federal pronunciamientos que los recurrentes consideren equivocados, según su divergencia con la interpretación que asignaran los jueces a los hechos de la causa y al derecho aplicable, al igual que la gravedad institucional invocada, pues no hay derecho que en definitiva no tenga su fundamento en la Constitución, aunque esté regida inmediatamente por la legislación común (Fallos:

301:447 entre muchos otros).- En consecuencia, la invocación de arbitrariedad planteada en el recurso en estudio deben ser desestimada.-

Fecha de firma: 29/09/2015 Firmado por: V.F.L., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.P.P., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.A.I., JUEZ DE CAMARA Por ello, el tribunal

RESUELVE:

Desestimar el recurso extraordinario interpuesto a fs. 654/666, con costas al vencido.-

Regístrese, notifíquese a la Sra. Defensora de Menores de Cámara, póngase en conocimiento del CIJ y devuélvase.-

V.F.L.M.P.P.G.A.I. (en...

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