Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 11 de Abril de 2007, expediente Ac 99667

PresidenteRoncoroni-Soria-Negri-Genoud-Kogan
Fecha de Resolución11 de Abril de 2007
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

Ac. 99.667 "M., O.A.c.R., A.N.. Incidente disolución y liquidación de sociedad conyugal".

//Plata, 11 de Abril de 2007.

AUTOS Y VISTO:

  1. En las presentes actuaciones, en lo que aquí interesa destacar, el juzgado de primera instancia mandó liquidar la sociedad conyugal disuelta por sentencia dictada en los autos: "M., O.A.c.R., A.N.D., estableciendo las pautas que debían observarse al momento de efectuarse la cuenta particionaria (fs. 1031/1036 vta.).

    A su turno, la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Bahía Blanca dejó sin efecto lo resuelto en orden al cómputo del valor locativo de los departamentos que integran la masa ganancial y dispuso un nuevo modo de cálculo de las utilidades asignadas a la señora R. por la "C. P. A. S.R.L." (fs. 1086/1093 vta.).

    Contra dicho pronunciamiento la demandada dedujo recursos extraordinarios de nulidad e inaplicabilidad de ley (fs. 1099/1109), los que fueron concedidos (fs. 1110).

  2. Dable es señalar que, aún mediando cierto grado de indeterminación en cuanto al valor del presente litigio, es de toda evidencia que, teniendo en cuenta los agravios susceptibles de apreciación pecuniaria, el depósito efectuado a fs. 1098 resulta insuficiente a los fines de...

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