Juicios Varios / Martinez Norma C/ Galvez Francisco y Otros S/ Cobro. Aviso Nro: 143757

Fecha de la disposición 3 de Junio de 2009
Número de Boletín27048
Fecha de Publicación 3 de Junio de 2009

POR 5 DÍAS - Se hace saber a la firma Bureau Profesional S.R.L. en la persona de su representante legal, que por ante este Juzgado de Conciliación y Trámite del Trabajo de la Quinta Nominación, a cargo de la Dra. Susana Catalina Fe, Juez; Secretaría Actuaria desempeñada por el Dr. Marcelo Anibal Rodriguez, tramitan los autos caratulados:"MARTINEZ NORMA C/ GALVEZ FRANCISCO Y OTROS S/ COBRO DE PESOS", Expediente N° 490/08, en los cuales se han dictado los presentes proveídos que se transcriben a continuación:"San Miguel de Tuc., 4 de mayo de 2009. Atento lo peticionado y constancias obrantes en autos, en virtud de lo normado por el art. 22 del CPL:Notifíquese a la co - demandada Bureau Profesional SRL el traslado de la demanda ordenado por decreto de fs. 115 mediante la Publicación de edictos en el Boletín Oficial de la Provincia de Tucumán, Libre de derechos, por el término de cinco días, haciéndosele saber que el plazo para contestar la demanda es de veinte días. A sus efectos, líbrese oficio de rigor por Secretaria. Fdo. Dra. Susana Catalina Fe (Juez). San Miguel de Tuc., 26 de junio de 2008. Téngase presente. Agréguese la boleta de tasa de justicia adjuntada. En mérito al instrumento de poder que se acompaña:Téngase al letrado Gustavo Brigido Terán Molina por presentado en el carácter invocado. Por constituido domicilio a los efectos procesales. Désele la correspondiente intervención de Ley. Por reservadas en caja de seguridad del juzgado la instrumental adjuntada, de la cual da cuenta el cargo de Secretaría que antecede. Agréguense a autos las fotocopias adjuntadas. Téngase presente los domicilios que se denuncian como de pertenencia de los accionados. Por ampliada la demanda conforme presentación que antecede. Cítese y emplácese a las partes demandadas, a la Cooperativa y a la SRL en las personas de sus representantes legales, en los domicilios que se les denuncian, a fin de que en el perentorio término de quince días comparezcan a estar a derecho en la presente causa, bajo apercibimiento de Ley. Al mismo tiempo y por igual plazo córrasele el traslado de la demanda para que la contesten, bajo apercibimiento de las prevenciones contenidas en los arts. 56, 58, 60 y cumplimiento con el 61 del CPL Ley 6204. Lunes y Jueves o sgte. día hábil en caso de feriado para notificaciones en Secretaría. Atento lo peticionado, constancias de la instrumental y lo dispuesto por el art. 130 del CPC y C:Exímase a la parte actora de adjuntar copias de la instrumental para...

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