Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca - CAMARA FEDERAL DE BAHÍA BLANCA, 19 de Abril de 2022, expediente FBB 006084/2021

Fecha de Resolución19 de Abril de 2022
EmisorCAMARA FEDERAL DE BAHÍA BLANCA

Poder Judicial de la Nación Expte. nro. FBB 6084/2021/CA1 – S.I.–.S.. 1

Bahía Blanca, 19 de abril de 2022.

VISTO: Este expediente nro. FBB 6084/2021/CA1, caratulado: “MARTINEZ, Julián

Antonio c/ Unión personal s/ Amparo ley 16.986”, venido del Juzgado Federal n ro. 1

de la sede, puesto al acuerdo para resolver el recurso de apelación interpuesto a fs.

37/39, contra la sentencia de fs. 33/36.

El señor Juez de Cámara, doctor P.A.C.M., dijo:

1ro.) El a quo hizo lugar a la acción de amparo interpuesta por

J.A.M., ordenando a Unión Personal la cobertura total de la insulina

y las tiras reactivas indicadas por su médica tratante, con costas.

Para así decidir consideró que la demandada se presentó en las

actuaciones manifestado el cumplimiento de la cobertura, sin aportar ningún elemento

de convicción que lo acredite y que luego, la amparista desconoció dicho

cumplimiento.

2do.) La demandada apeló la sentencia, solicitó la declaración

de abstracto de la cuestión debatida y la imposición de costas por su orden, atento al

cumplimiento de la obra social con anterioridad al vencimiento del plazo dispuesto en

el art. 8 de la ley 16.986 motivo por el cual ninguna de las partes reviste condición de

vencedor o vencido.

3ro.) La parte actora contestó el traslado conferido (fs. 49/50), y

por su parte, el Sr. Fiscal General subrogante asumió la intervención conferida,

propiciando el rechazo del recurso (fs. 54/55).

4to.) En primer lugar, y en relación a lo que es materia de

agravios, no se encuentran controvertidos los reclamos previos a la instancia judicial –

los que fueron acompañados por el amparista junto a la demanda–.

Según surge de ellos, en el mes de abril de 2021, se solicitó a la

Obra Social el cambio a insulina D. y el pedido se renovó el 28/5/2021 (conf.

constancia médica fechada en el 12/10/2021).

Conforme surge de la documental acompañada en demanda, en

el mes de septiembre del año 2021 el afiliado presentó una solicitud de

reconsideración frente al dictamen de la Obra Social en respuesta a su pedido de

insulina D. que –evidentemente y según lo indica la lógica– habría sigo

negativo, agregando un nuevo justificativo técnico médico.

Fecha de firma: 19/04/2022

Firmado por: P.A.C.M., Juez de Cámara Firmado por: N.A.Y., SECRETARIO DE CAMARA

Firmado por: S.M.F., JUEZ DE CAMARA

Poder Judicial de la Nación Expte. nro. FBB 6084/2021/CA1 – S.I.–.S.. 1

El 28 de octubre el afiliado intimó por Carta Documento a la

Obra...

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