Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala I, 11 de Junio de 2019, expediente CNT 026105/2018/CA001

Fecha de Resolución11 de Junio de 2019
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala I

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO SALA I Causa N°: 26105/2018 - MARTINEZ, J.C. c/ EDESUR S.A. s/DESPIDO Juzgado Nº 48 Sentencia Interlocutoria Nº 81.063 Buenos Aires, 11 de Junio de 2019.

VISTO:

El recurso de apelación deducido por la demandada a fs. 69/76 y vta., contra el pronunciamiento de fs. 68 que desestimó el pedido de citación de tercero de COOPERATIVA DE TRABAJO 13 DE ENERO LTDA solicitado a fs.50 vta.

CONSIDERANDO:

Que a fs. 34 vta., la empresa demandada opone la excepción de falta de legitimación pasiva, niega la existencia de relación laboral, sostiene que el Sr. M. ha realizado tareas de chofer en su calidad de socio cooperativo de la entidad que pretende citar (ver fs. 35), y con la que posee una vinculación comercial (ver fs. 46 vta.).

Cabe recordar que la citación de terceros no es viable - en los términos del art.

94 del C.P.C.C.N.- cuando el demandado niega su legitimación pasiva y se la endilga a un extraño al proceso quien no ha sido traído a juicio por el accionante. Desde tal perspectiva, queda descartada la acción de regreso, ya sea desde el punto de vista de cómo se ha contestado la demanda, pero fundamentalmente en consideración a la forma en que ha sido planteada la cuestión.

En tal marco sólo surgen dos posibles resultados y ninguno admite la citación:

si fuera atendible la defensa alegada por la demandada, la acción...

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