Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala H, 23 de Abril de 2021, expediente CIV 046598/2020/CA002

Fecha de Resolución23 de Abril de 2021
EmisorCamara Civil - Sala H

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA H

46598/2020

MARTINEZ, HUGO DANIEL s/SUCESION AB-INTESTATO

Buenos Aires, 23 de abril de 2021.- RM - VIS

AUTOS Y VISTOS:

Las presentas actuaciones fueron elevadas al Tribunal a fin de resolver el recurso de apelación interpuesto por el Dr. G.O.S. en su carácter de letrado apoderado de S.O., contra la providencia dictada el 23 de marzo de 2021,

que confirió traslado de la estimación de valores efectuada por el Dr.

Norman Kurt Barba Lijeron a los fines de la regulación de sus honorarios profesionales.

La recurrente señala que le causa agravio el proveído que dispuso ordenar el traslado de la estimación practicada para que los profesionales intervinientes presten conformidad o disconformidad, debiendo en este último caso efectuar su propia estimación, bajo apercibimiento de procederse a la regulación de honorarios en base a la realizada por el Dr. Barba Lijeron.

Manifiesta que no corresponde efectuar ninguna estimación de valores por considerar que la base regulatoria no está dada por el monto del acervo hereditario y que las tareas realizadas por el Dr. Barba Lijeron no se corresponden con ninguna de las etapas del proceso sucesorio cuya nulidad de decretó en los presentes actuados.

Este Tribunal mediante la resolución dictada el 18 de marzo de 2021, declaró la nulidad de todo lo actuado por carecer la Sra. S.O. de legitimación activa para iniciar el sucesorio.

En definitiva, se hizo lugar al incidente planteado por las coherederas lo que trajo aparejado con efecto Fecha de firma: 23/04/2021

Firmado por: L.E.A.D.B., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: C.M.K., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: J.B.F., JUEZ DE CAMARA

retroactivo la nulidad de todo lo actuado y por ende la ineficacia del proceso sucesorio iniciado.

Desde dicha perspectiva el Tribunal considera que la especie la regulación de honorarios no debe efectuarse teniendo en cuenta los valores que conforman el acervo hereditario por la sencilla razón de que el presente proceso fue declarado nulo y por ende no puede computarse a los fines de establecer la...

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