Martinez Freddy Manuel por Abuso Sexual Agravado

Fecha de publicación20 Agosto 2010
Fecha de disposición20 Agosto 2010
SecciónCuarta Sección - Judiciales
Número de Gaceta31969

Viernes 20 de agosto de 2010 Segunda Sección BOLETIN OFICIAL N'º 31.969 29 El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N'º26, a cargo de la Dra. MarÃa Cristina O’Reilly, SecretarÃa N'º52, a cargo de la Dra.

MarÃa Elisa Baca Paunero, sito en Av. Callao 635 –Piso 1'ºâ€“ de Capital Federal, en los autos:“Cualy S.A. s/Quiebra” Expte. N'º047.728, comunica por cinco dÃas que con fecha 6 de Julio de 2010, se decretó la quiebra de Cualy S.A. (C.U.I.T. 3070825580-3), inscripta en la Inspección General de Justicia con fecha 24 de Febrero de 2003 bajo el N'º 2489 del L'º 20, T'º de Sociedades Anónimas, con domicilio social en Avda. Santa Fe 3048 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.- El SÃndico designado en autos es Norberto Rubén Di Napoli, con domicilio constituido en la calle Marcelo T. de Alvear N'º925 –Piso 10'ºâ€“ de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a quien los acreedores deberán presentar los pedidos de verificación y tÃtulos justificativos de sus créditos hasta el dÃa 24 de Septiembre de 2010; siendo las fechas de presentación del informe individual previsto (art. 35 L.C.Q.) el dÃa 8 de Noviembre de 2010; y el referido al art. 39 L.C.Q. el dÃa 21 de Diciembre de 2010.- Hácese saber a la fallida y a los terceros que deberán hacer entrega al sÃndico de los bienes que posean de la fallida, asà como la prohibición de realizar pagos al mismo, los que serán ineficaces. Se intima a la deudora para que entregue al sÃndico dentro de las 24 horas los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad, asà como también a que dentro de las 48 horas constituya domicilio procesal en el radio del tribunal, con apercibimiento de tenerlo constituÃdo en los estrados del Juzgado. Deberá el deudor cumplir con los requisitos a los que se refiere el art. 86 de la ley 24.522 en cuanto a su remisión al art.

11 inc. 2, 3, 4 y 5 y en su caso 1, 6, y 7 del mismo texto legal.

Buenos Aires, 9 de agosto de 2010.

MarÃa Elisa Baca Paunero, secretaria interina.

e. 17/08/2010 N'º91815/10 v. 23/08/2010 JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL NRO. 6

SECRETARIA NRO. 12

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Federal Nro. 6 a cargo del Dr. Francisco de Asis L. Soto, SecretarÃa Nro. 12, desempeñada por el Dr. Eugenio Bulygin, sito en la calle Libertad 731, piso 5, de esta Capital Federal, en los autos caratulados “Banco de la Nación Argentina c/Cámara de Agentes Comerciales de Y.P.F. y Otros s/Proceso de Ejecución”,

Expediente Nro. 7281/02; cita a la demandada Sara Gendler (DNI 192.597), para que en el término de cinco dÃas comparezcan a estar a derecho y constituir domicilio, bajo apercibimiento de dar intervención a la sra. defensora oficial de ausentes para que asuma su representación. A tal fin publÃquese por dos dÃas. Para ser publicado en el diario “BoletÃn Oficial”.

Buenos Aires, 16 de julio de 2010.

Eugenio Bulygin, secretario.

e. 19/08/2010 N'º91012/10 v. 20/08/2010 JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL TRIBUTARIO NRO. 2

SECRETARIA UNICA El Juzgado Nacional en lo Penal Tributario N'º2, SecretarÃa Unica, sito en Sarmiento 1118, piso 3'º de la ciudad de Buenos Aires, notifica a la señora Ana MarÃa Corvella (DNI N'º16.224.065), lo resuelto con fecha 27/11/2009 en los autos N'º 939/2007 (771), caratulados “Goloeste S.A.

sobre Infracción Ley 24.769”, lo que a continuación se transcribirán, en sus partes pertinentes:

Se resuelve:

Ana MarÃa Crovella (D.N.I.

con relación a la presunta evasión del pago de la suma de $ 850.983,64 en concepto de Impuesto a las Ganancias correspondiente al ejercicio anual 2002 de la empresa Goloeste S.A. (CUIT N'º30-69037898-8) y, consecuentemente, sobreseer parcialmente en la presente causa con relación a los nombrados y al hecho mencionado (arts. 59 inc. 3'º, 62 inc. 2'º, 63 y 67 del C.P. y 334, y 336 inc. 1'º del C.P.P.N., y 1'º de la ley N'º24.769). Fdo: Diego GarcÃa Berro.

Juez. Ante mÃ: MarÃa Clara da Rocha. Secretaria”.

Fdo: Diego GarcÃa Berro. Juez. Ante mÃ: MarÃa Clara da Rocha.

Secretaria”.

Natalia Viviana Keten, secretaria.

e. 17/08/2010 N'º91634/10 v. 23/08/2010 JUZGADOS NACIONALES EN LO PENAL ECONOMICO N'º 3

Juzgado Nacional en lo Penal Económico N'º3, a cargo del Dr. Rafael Francisco Caputo,

SecretarÃa N'º6 a cargo de la Dra. Mirtha Lilián Campos Tula., con el fin de notificar a Violeta Carmen Buttita (DNI N'º13.352.111), Celso Rodolfo Obregon (DNI N'º 14.240.925), Guillermo Antonio Otero (DNI N'º28.006523), Rogelio Carballo (DNI N'º14.264.190), Félix Bernardo González (DNI N'º12.229.340), Dominga Rivero (DNI N'º 11.225.997) y VÃctor Dámaso Alonso Sosa (93.404.384) lo resuelto con fecha 2 de agosto de 2010: “I) Sobreseer totalmente en la presente causa y respecto de Violeta Carmen Buttita,

Celso Rodolfo Obregon, Guillermo Antonio Otero, Rogelio Carballo, Félix Bernardo González,

Dominga Rivero y VÃctor Dámaso Alonso Sosa, con relación a la situación fáctica descripta por el considerando 1'º de la presente, por no encuadrar en una figura penal, con la declaración de que el proceso no afecta el buen nombre y honor del que gozaren aquellos personas (arts. 334, 335 y 336 inc. 3'º e in fine del C.P.P.N.). II) Extraer testimonios de las partes pertinentes y remitirlos a la A.F.I.P.-D.G.A. a fin de que se investigue la presunta comisión de infracciones aduaneras (ver considerando 9'º de la presente). III) Hacer saber a A.F.I.P.-D.G.A., que la mercaderÃa secuestrada en estos autos y depositada en la División Rezagos y Comercialización –División Secuestros– de la Dirección General de Aduanas, deberá quedar a disposición exclusiva de aquel organismo. IV) Sin costas (arts. 530 y 531 del C.P.P.N.)”. Fdo:

Rafael Caputo Juez. Ante mÃ: Dra. Mirtha Lilián Campos Tula. Secretaria”.

SecretarÃa, 5 de agosto de 2010.

Mirtha Lilián Campos Tula, secretaria e. 19/08/2010 N'º94225/10 v. 25/08/2010 N'º 5

Atento el resultado negativo de las citaciones cursadas a Horacio Osvaldo Gardella en la presente causa cÃtese al nombrado mediante edictos a fin de recibirle declaración indagatoria dentro del quinto dÃa de notificado, a las 10 horas, bajo apercibimiento de declararlo rebelde y ordenar su captura. PublÃquese por cinco dÃas.

Buenos Aires, 05 de agosto de 2010.

AÃda MarÃa Ahumada, secretaria.

e. 17/08/2010 N'º91608/10 v. 23/08/2010 JUZGADO NACIONAL EN LO CORRECCIONAL NRO. 6

SECRETARIA NRO. 101

El Juzgado Nacional...

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