Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ii, 5 de Abril de 2019, expediente CNT 013754/2012/CA002 - CA001

Fecha de Resolución 5 de Abril de 2019
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ii

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA II

SENTENCIA DEFINITIVA NRO.: 113726

EXPEDIENTE NRO.: 13754/2012

AUTOS: M.F.P. c/ EXPERTA ART S.A. (EX LA CAJA

ART S.A.) s/ACCIDENTE - ACCION CIVIL

VISTO

Y CONSIDERANDO:

En la ciudad de Buenos Aires, el 05 de abril de 2019, reunidos los integrantes de la Sala II

a fin de considerar los recursos deducidos en autos y para dictar sentencia definitiva en estas actuaciones, practicado el sorteo pertinente, proceden a expedirse en el orden de votación y de acuerdo con los fundamentos que se exponen a continuación.

El Dr. G.C. dijo:

Contra la sentencia de primera instancia que rechazó la demanda instaurada se alza la parte actora a tenor del memorial que luce a fs. 513/15, mereciendo réplica de la contraria. Asimismo, la perito contadora apela sus honorarios, por estimarlos reducidos.

El judicante de grado consideró no acreditado que el actor se encuentre incapacitado con motivo del infortunio que alegó haber padecido en noviembre/10, ni las tareas que dijo cumplir para la empleadora asegurada por la aquí. En su mérito, dispuso el rechazo de la acción.

Tal decisión motiva la queja de la parte actora, quien manifiesta sentirse agraviada porque habría sido mal consignado el nombre de la demandada. Asimismo,

solicita se produzca prueba informativa y pericial “a fin de determinar efectivamente el accidente acaecido durante la jornada del actor” y arguye se omitió ponderar en la sentencia en crisis los incumplimientos en los que habría incurrido la ART demandada, los aportes de la prueba testimonial en orden a las tareas cumplidas y las conclusiones del perito médico. Con tales argumentos pide que se revoque el decisorio apelado y se admita la acción incoada en procura de la reparación integral solicitada.

Analizada la causa, en el marco de las alegaciones formuladas, adelanto que la queja no tendrá favorable acogida por los fundamentos que paso a exponer.

En forma preliminar cabe puntualizar que arriba firme a esta Alzada que,

tanto la demandada como la tercera citada, negaron las tareas y accidente denunciado en la Fecha de firma: 05/04/2019 demanda a fs. 5 y sgtes., así como que la denuncia fue rechazada por la ART por Alta en sistema: 16/04/2019

Firmado por: V.A.P., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: MARINA EDITH PISACCO, SECRETARIA INTERINA

Firmado por: G.C., JUEZ DE CAMARA

considerar inculpable la afección consistente en hernia inguinal derecha. En tal marco, es indiscutible que el demandante debía acreditar los presupuestos fácticos en los que fundó

la acción, esto es, los hechos a...

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