Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Viii, 25 de Abril de 2018, expediente CNT 061161/2014

Fecha de Resolución25 de Abril de 2018
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Viii

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA VIII AUTOS: “MARTÍNEZ, E.D. c/ Liderar A.R.T. S.A.s/

accidente – ley especial”.

E.. N° 61.161/2014 S. VIII (Expte. N° 61.161/2014 S. VII)

Buenos Aires, 25 de abril de 2018 Y VISTOS:

El recurso interpuesto por la demandada Aseguradora de Riesgos del Trabajo Liderar S.A. contra la sentencia de fs. 163/166; Y CONSIDERANDO:

Que la accionada interpuso a fs. 167/174 “recurso de casación” y además solicitó la convocatoria a “Tribunal Plenario”.

Que a fs. 146 la Sala VII ordenó estar a lo dispuesto en el art. 15 de la Ley 26.853 y la Acordada 23/2013 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y dispuso corres traslado del “recurso de inaplicabilidad de ley”, lo cual fue cumplido conforme presentación de fs. 176 y vta..

Que a partir de lo reseñado, y para el caso de que se interprete que la demandada ha interpuesto –aún de forma subsidiaria- un recurso de inaplicabilidad de ley, corresponde poner de relieve que no se observan cumplimentados los recaudos impuestos por la normativa procesal que regula el Fecha de firma: 25/04/2018 Alta en sistema: 26/04/2018 Firmado por: L.A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: V.A.P., JUEZ DE CAMARA Firmado por: S.D.M., SECRETARIO #24265852#204711615#20180425100740923 remedio en cuestión, por cuanto la recurrente no indica en qué oportunidad previa invocó la jurisprudencia que...

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