Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 5 de Noviembre de 2008, expediente Ac 104128

PresidenteGenoud-Kogan-Pettigiani-de Lázzari
Fecha de Resolución 5 de Noviembre de 2008
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

Ac. 104.128 "., D.F. y otros. H. de automotor. Inc. de comp. e/ Trib. de Menores nº 4 y Trib. de Menores nº 2 de Quilmes".

//Plata, 5 de Noviembre de 2008.

AUTOS Y VISTO:

  1. Ante la comisión de un hecho penal ocurrido en la localidad de Quilmes, tomó intervención el Tribunal de Menores nº 4 departamental -con asiento en la localidad de Berazategui-, el que se encontraba de turno durante la Feria Judicial, según Acuerdo 3324, formándose la causa 04037 caratulada "., D.F.G., S.O. y C., A.M. s/ H. Automotor" (fs. 1/24, exped. cit.).

    Posteriormente, el magistrado resolvió declararse incompetente, por cuanto el hecho que fuera la génesis de los presentes actuados ocurrió en la localidad de Quilmes, por lo cual los remitió al tribunal de menores en turno con competencia en la mencionada localidad (fs. 25 y vta.).

    Recepcionados por el Tribunal nº 2, éste no aceptó la asignación dada por cuanto consideró prematura la inhibitoria de su par, por lo que los devolvió al Tribunal nº 4 (fs. 27 y vta.).

    Reingresados en ese órgano, previo ordenar el diligenciamiento de distintas medidas procesales (fs. 29), el mismo mantuvo su postura y los remitió a esta Corte a fin de dirimir la contienda suscitada (fs. 33 y vta.; art. 161 inc. 2 Const. provincial)

  2. Cabe puntualizar que el hecho de autos aconteció el día 29 de julio de 2007, por lo tanto en atención a tal fecha la nueva normativa del fuero de menores establecida en la ley 13.634 -modificada por ley 13.797- dispone en su art. 95, que en lo pertinente al fuero de la responsabilidad penal juvenil, se aplicará como régimen procesal transitorio el establecido por la ley 3589 y sus modificatorias.

    Así, conforme tal marco legal, en el caso se trata de determinar qué órgano de alzada debe actuar como superior común para resolver la cuestión de competencia traída entre los dos tribunales de menores de la misma jurisdicción.

    ...

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