Martinez Maria de los Angeles C/ Herce Juan Carlos S/ Divorcio Art. 214 Inc. 2do. Codigo Civil

Fecha de la disposición 8 de Noviembre de 2010

Lunes 8 de noviembre de 2010 Segunda Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.023 36 $ 300,00 c/u, en la Sindicatura Estudio Ruiz,Tabasco y Asociados, domiciliada Av. Independencia N'° 1.511 piso 2'° te: 4383-6049, o ante los martilleros:

Leonardo Chiappetti, CUIT 23-04810755-9 domiciliado enTucumán 893 3'° G, te:4322-1277;Leandro Hernán Gutiérrez, domiciliado en Lavalle 1546 7'° D, te 4374-4197 CUIT 20-17364568-7 e Isaac JoaquÃn, domiciliado en Talcahuano 871 7'° E, te 48160554 CUIT 20-04246229-3 hasta el 22/11/2010 en el horario de 15 a 18 pudiendo requerirse precisiones sobre el “mejoramiento de oferta” precedente en tales oficinas y ante cualquier duda consultar el expediente. Los interesados deberán presentar con sus ofertas constancia de haber depositado garantÃa, por el 10% de la base establecida para el lote de marca que se desee adquirir en efectivo en el Bco de la Ciudad de Buenos Aires, Suc.Tribunales. Los sobres serán abiertos en la audiencia a celebrarse en el Tribunal el dÃa 24 de noviembre de 2010 a las 11:00 hs. A continuación los oferentes podrán mejorar sus propuestas, ofertando a viva voz mejorando la mayor oferta recibida por posturas no inferiores a la suma de U$S 10.000, por el lote de la marca Saavedra; U$S 5.000 por el lote de la marca Yogurbelt y U$S 3.000 por el lote de las marcas Chascomús y Lactona respectivamente. La adjudicación recaerá sobre la mayor oferta.

La integración del saldo de precio, comisión e IVA de los martilleros deberá depositarse al contado, dentro de los cinco dÃas y ser acreditada en autos en igual plazo mediante la pertinente boleta de depósito bajo apercibimiento de ser declarado postor remiso (CPCCN 584) y de pérdida de la garantÃa a favor de la quiebra. Los gastos que se devenguen en concepto de honorarios, sellados, impuestos y otros, aún aquellos que pudieran estar a cargo de la parte vendedora, que tengan directa vinculación con las transferencias de dominio a realizarse oportunamente a favor del adquirente, incluyendo entre otras, a las diligencias tendientes la inscripción registral del bien, al levantamiento de medidas cautelares, estarán a cargo del comprador. Queda prohibida la compra en comisión y la cesión de la documentación inherente a la venta. En oportunidad de pagar el saldo de precio, el oferente deberá integrar la comisión de los martilleros fijada en el 10% con más el IVA sobre las la comisión.

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 29 dÃas de...

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