Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II - SECRETARIA CIVIL, 11 de Julio de 2019, expediente FLP 036434/2014/CA001

Fecha de Resolución11 de Julio de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II La Plata, 11 de julio de 2019.

Y VISTOS: este expediente N° 36434/2014 “M.de.C c/ OSDE BINARIO s/ Amparo ley 16.986” procedente del Juzgado Federal de Primera Instancia N° 4, Secretaría N° 11; Y CONSIDERANDO QUE:

I.V. la causa a esta alzada en virtud del recurso deducido por la demandada a fs. 222/225 contra la resolución de fecha 25 de abril de 2019.

  1. A los fines de resolver la cuestión planteada, es de utilidad recordar, que con fecha 8 de agosto de 2017 se hizo lugar por el a quo a la acción de amparo promovida por el Sr.

    O.J.M, condenándose a la Organización de Servicios Directos Empresarios (OSDE Binario) a brindar la cobertura integral al 100%, continua e ininterrumpida, de la rehabilitación e internación de la Sra. M.de.A a llevarse a cabo en el Hogar para Discapacidad Itatí, perteneciente a la firma GERIYE S.R.L.

    La sentencia no fue apelada, por lo que la condena quedó

    firme y consentida tanto por la actora como por OSDE.

  2. Con sustento en el derecho adquirido a través de la mencionada sentencia, es que el Sr. O.J.M. se presentó a fs. 180 a denunciar el incumplimiento de lo ordenado por parte de la demandada ya que los pagos a la clínica se realizaban en forma incompleta, abonándose menos que lo facturado.

    Por su parte, la demandada reconoció que se encuentra abonando un monto menor a lo facturado por la empresa prestadora del servicio y fundó su actuar en que la suma a pagar excede los montos que se abonan en el mercado por prestaciones similares y denunció un actuar ilegítimo y abusivo del derecho por parte de la empresa GERIYE S.R.L.

    La resolución de primera instancia de fecha 25 de abril de 2019, rechazó el planteo formulado por la empresa OSDE Binario y ordenó dar efectivo cumplimiento a lo dispuesto en autos, imponiendo las costas a la accionada.

  3. En el recurso interpuesto a fs. 222/225, la parte demandada funda su agravio en la exigencia de pagos indebidos que importan un ejercicio abusivo y malicioso del derecho, el Fecha de firma: 11/07/2019 Alta en sistema: 17/07/2019 Firmado por: CESAR ALVAREZ, JUEZ DE CAMARA Firmado por: C.A.V., #24167513#235841971#20190715113737469 cual provoca, según esta parte, un enriquecimiento sin causa que conlleva al empobrecimiento de OSDE Binario.

    Por otro lado cuestiona la imposición de costas a la que señala como injusta y violatoria del plexo normativo aplicado, argumentando sus dichos en que el hecho objetivo de la derrota...

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