MARTINELLO, BENJAMIN CLEMENTE c/ ANSES s/EJECUCIÓN PREVISIONAL
Fecha | 04 Octubre 2023 |
Número de registro | 3680 |
Número de expediente | FCB 042511/2016/CA002 |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA A
Expte. N° FCB 42511/2016/CA1
AUTOS: “MARTINELLO, BENJAMIN CLEMENTE c/ ANSES s/EJECUCIÓN PREVISIONAL”
doba, 4 de octubre de dos mil veintitrés.
Y VISTOS:
Estos autos caratulados: “MARTINELLO, BENJAMIN CLEMENTE c/
ANSES s/EJECUCIÓN PREVISIONAL” (Expte. Nº FCB 42511/2016/CA2),
venidos a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada -cuya personería se encuentra acreditada al apelar en el Sistema de Gestión Lex100- en contra de la Sentencia de fecha 25 de julio de 2022, dictada por el señor Juez Federal de Río Cuarto en la que mandó llevar adelante la ejecución de sentencia y aprobar judicialmente en cuanto por derecho corresponda la planilla de liquidación. Asimismo, ordenó al Organismo Previsional que proceda a satisfacer el importe adeudado en concepto de retroactivos con más sus intereses hasta el momento de su efectivo pago. Finalmente impuso las costas a la vencida y reguló los honorarios pertinentes (conforme surge del Sistema de Gestión Judicial de Lex 100).
Y CONSIDERANDO:
En contra de lo decidido por el Juez de la causa, la demandada dedujo recurso de apelación sosteniendo que la planilla tenida en cuenta por el sentenciante contiene errores metodológicos y numéricos que constituyen un enriquecimiento ilícito sin causa del titular al ponderar el reajuste de haber operado como tampoco el pago de las deudas resultantes. Sostiene que hay error en la consideración de los haberes percibidos por el actor. Asimismo, afirma que no se observa en la liquidación el cálculo correspondiente al impuesto a las ganancias. Por último, se queja por la imposición de costas a su mandante dispuesta en autos. Hace reserva del caso federal y pide se revoque la sentencia (fs. 65/70).
Corrido el traslado de ley, la parte actora contestó agravios según surge del Sistema Lex100.
Llegados estos obrados a este Tribunal, se dispuso medida para mejor proveer,
para que el contador produzca dictamen sobre la verosimilitud de la impugnación Fecha de firma: 04/10/2023
Firmado por: E.D.A., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: G.M., PRESIDENTE
Firmado por: M.V., Secretario de Cámara #29140785#384113665#20231004130107106
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA A
Expte. N° FCB 42511/2016/CA1
AUTOS: “MARTINELLO, BENJAMIN CLEMENTE c/ ANSES s/EJECUCIÓN PREVISIONAL”
realizada por la demandada, lo que fue debidamente cumplimentado (ver Sistema de Gestión Judicial Lex 100), quedando la causa en condiciones de resolver.
De los antecedentes obrantes en la causa se desprende que el actor inició la presente ejecución de sentencia en contra de la A.N.Se.S., en virtud de la resolución dictada por el señor Juez Federal de Río Cuarto con fecha 25/7/2022 (ver fs.
63/64vta.).
Dicho esto, cabe tener presente que en el dictamen producido por el contador de este Tribunal, luego de realizar el análisis pertinente, expresó que: “…
Habiendo realizado los cálculos de rigor, advierto en planilla pericial de fecha 14 de abril de 2022, obrante en el citado expediente digital, respecto al tope art. 9ley 24.463, inc.2, los mismos no se aplican y no son superados. En cuanto a la fecha del inicio del reclamo, le asiste razón a la demandada, según la documental a fs. 2. Por lo expuesto, concluyo que el informe pericial contiene el error señalado que afecta su validez...” (ver Lex 100).
En virtud de lo expuesto anteriormente y siendo que del referido dictamen producido en esta Alzada, se desprende que la pericial contable realizada en autos contiene errores, corresponde revocar la sentencia recurrida y en consecuencia,
ordenar se realice una nueva pericial contable conforme a lo allí señalado, todo ello a la mayor brevedad posible, dado el tiempo transcurrido y la naturaleza claramente alimentaria de la cuestión tratada.
En relación al agravio referido a que no se observa en la liquidación el cálculo correspondiente a la retención del Impuesto a las Ganancias conforme la Ley Nº 20.628, corresponde remitirse a lo sostenido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, por mayoría, en el precedente “G., M.I. c/ Afip s/ Acción meramente declarativa de inconstitucionalidad” (FPA 7789/2015/CS1-CA1),
Sentencia de fecha 26 de marzo de 2019, en el que al analizar un agravio análogo al aquí planteado, ordenó que hasta que el Congreso no legisle sobre el punto, no podrá
Fecha de firma: 04/10/2023
Firmado por: E.D.A., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: G.M., PRESIDENTE
Firmado por: M.V., Secretario de Cámara #29140785#384113665#20231004130107106
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA A
Expte. N° FCB 42511/2016/CA1
AUTOS: “MARTINELLO, BENJAMIN CLEMENTE c/ ANSES s/EJECUCIÓN PREVISIONAL”
retenerse suma alguna en...
Para continuar leyendo
Solicita tu pruebaAccede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
