Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 9 de Junio de 2015, expediente CAF 055257/2014/CA001

Fecha de Resolución 9 de Junio de 2015
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA IV 55257/2014/CA1 MARTIN, S.V. c/ EN- ANSES s/MEDIDA CAUTELAR (AUTONOMA)

Buenos Aires, 9 de junio de 2015.

Y VISTOS:

El desplazamiento de competencia por conexidad dispuesto por la sala II a fs. 115 y vta. para resolver el conflicto de acumulación planteado entre los jueces del Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal Nº 3 y del Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal Nº 9 y el recurso de apelación interpuesto a fs. 101, contra la resolución de fs. 100, que remite a lo decidido en el precedente “R.” agregado a fs. 98/99; y CONSIDERANDO:

  1. ) Que, por las razones expuestas por la Sala II, corresponde que este Tribunal resuelva el conflicto de acumulación planteado en la instancia de origen y el recurso de apelación contra la resolución de fs. 100, no con fundamento en los principios que rigen la acumulación de procesos, sino en las razones de distribución de tareas y de economía procesal que fueron tenidas en cuenta por la Cámara en pleno al reglamentar el sistema de distribución y asignación de causas y que —en algunos casos— justifica la “radicación” de expedientes ante un solo Tribunal aunque no estén reunidos la totalidad de los requisitos exigidos en los arts. 188 y cc del CPCCN para que proceda su acumulación (arg. esta S., causa 25.453/96, “Banco de la Nación Argentina c/ IBM Argentina SA s/ proceso de conocimiento”, resol. del 22/10/96).

  2. ) Que, a raíz de la presentación de la parte demandada obrante a fs. 65/93, titulada “Se presenta – Plantea excepción de litispendencia – Solicita acumulación de procesos – Evacúa informe ley 26.854 – Introduce cuestión federal”, la titular del Juzgado Nacional en lo Fecha de firma: 09/06/2015 Firmado por: M.D.D., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.E.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.W.V., JUEZ DE CAMARA Contencioso Administrativo Federal Nº 3 invocó lo dispuesto en la acordada CSJN 32/14 y remitió las actuaciones al Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal Nº 9, donde tramita la causa nº

    46.134/2014, “Federación Argentina de Colegios de Abogados c/EN –

    ANSeS s/ proceso de conocimiento” (fs. 96).

  3. ) Que el juez de grado rechazó la acumulación de procesos con fundamento en que no era suficiente que se cuestionara la misma norma para configurar un supuesto de conexidad previsto en los arts. 88 y 188 del CPCCN, toda vez que en estos autos se requirió el dictado de una medida...

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