Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V, 4 de Diciembre de 2018, expediente CAF 005662/2014/CA001

Fecha de Resolución 4 de Diciembre de 2018
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala V

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA V 5662/2014 MARQUEZ, R.I. Y OTROS c/ EN-M DEFENSA-FAA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG Buenos Aires, de diciembre de 2018.- PGR VISTO El recurso de revocatoria interpuesto a fs. 133 por la parte demandada, contra la resolución agregada a fs. 132 Y CONSIDERANDO:

  1. Que a fs. 132 este Tribunal resolvió declarar de oficio la caducidad del recurso extraordinario interpuesto por la demandada a fs.

    117/126, sin costas (Art. 310, inc. 2º y 68, segundo párrafo, del CPCCN).

    Para así decidir, argumentó que si bien al momento en que la parte actora había acusado la caducidad de ese recurso extraordinario, no había aún transcurrido el plazo de tres meses previsto en el artículo 310, inciso 2º del código de rito, por haber tenido lugar la Feria de julio del corriente año, lo cierto es que de las constancias de la causa se desprendía que la parte demandada no había efectuado el referido traslado.

  2. Que disconforme con dicha decisión, a fs. 133 la parte demandada interpuso recurso de revocatoria.

    En cuanto interesa, sostiene que una vez interpuesto el incidente de caducidad, el procedimiento se suspende a las resultas de lo que en él se disponga, motivo por el cual su parte se vio impedida de impulsar el procedimiento.

    Manifiesta que, “resulta de toda lógica que, puesta en duda la subsistencia o no de la instancia, no se efectúen actos procesales estándose pues al resultado del planteo efectuado”.

    Finalmente citó jurisprudencia que consideró aplicable al caso y solicitó que se revoque la resolución apelada.

  3. Que si bien es cierto que la parte demandada no ha cumplido con la carga de correr traslado del recurso extraordinario, se ha sostenido Fecha de firma: 04/12/2018 Alta en sistema: 05/12/2018 Firmado por: GALLEGOS FEDRIANI PABLO , JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.F.A., JUEZ DE CAMARA #19496865#222770423#20181203143343680 que el incidente de caducidad de la instancia suspende el curso de la perención, porque origina una cuestión previa que imposibilita proseguir el proceso; de manera que si se había decidido que a la fecha del acuse de caducidad de la instancia ésta no se había operado, no puede ya el juez declararla de oficio porque la promoción de dicho incidente había suspendido el plazo de la...

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