Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I - SECRETARIA CIVIL 1, 30 de Agosto de 2017, expediente FSM 000275/2009/CA002

Fecha de Resolución30 de Agosto de 2017
EmisorCAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I - SECRETARIA CIVIL 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I Causa N° FSM 275/2009/CA2, “M.K.B. Y OTRO c/ PEN Y OTRO s/AMPARO” – Juzgado Federal en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo N° 1 de San Martín, Secretaria Nº 3 - CFASM, SALA I, SEC. CIVIL N° I - INTERLOCUTORIO M., de de 2017.

Y VISTOS: CONSIDERANDO:

  1. Vienen estos autos a conocimiento del Tribunal, en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora, contra la resolución de Fs. 319, en la cual el Sr. juez “a-quo” resolvió

    como medida para mejor proveer y en el marco de la ejecución de la sentencia recaída en autos, desinsacular perito contador a fin de que realizara una pericia contable.

    II.-Se agravió la recurrente entendiendo que la liquidación que oportunamente practicara -conforme los parámetros del fallo de la CSJN “M.”-, se encontraba firme y consentida, en tanto la presentación de la demandada que la impugnó, había sido declarada extemporánea.

    Expuso que se la colocó en total desprotección, pues ante el excesivo uso de las facultades discrecionales del juez, sólo se benefició

    a la parte demandada incumplidora, resolviendo realizar una pericia contable a fin de determinar divergencias que no existían.

    Asimismo, se quejó por considerar que la decisión del magistrado se contrapuso con los deberes prescriptos en el Art. 34, Inc. 5, a), c), d), y e)

    del código de rito, porque no era su deber actuar como parte, supliendo su inactividad o negligencia. Y Fecha de firma: 30/08/2017 Alta en sistema: 31/08/2017 Firmado por: MATIAS JOSE SAC, PROSECRETARIO DE CÁMARA -INTERINO-

    Firmado por: MARCOS MORAN, JUEZ DE CÁMARA Firmado por: J.P.S., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: M.D.F., JUEZ DE CÁMARA #8934505#186356162#20170830083350470 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I Causa N° FSM 275/2009/CA2, “M.K.B. Y OTRO c/ PEN Y OTRO s/AMPARO” – Juzgado Federal en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo N° 1 de San Martín, Secretaria Nº 3 - CFASM, SALA I, SEC. CIVIL N° I - INTERLOCUTORIO agregó, que las facultades ordenatorias e instructorias del Art. 36 del CPCCN, no eran discrecionales y se hallaban acotadas a márgenes de razonable y prudente utilización que no alterasen la igualdad ante la ley, el debido equilibrio procesal y la seguridad jurídica que debía imperar en todo estado de derecho.

    Finalmente, hizo reserva del caso federal.

  2. En primer lugar, cabe señalar, que las medidas adoptadas por los jueces, situadas en la órbita de...

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