89.807 - Blanco de Marmora Eva Josefina S/quiebra - Sindico Contadora Susana Graciela Marino

EmisorCitaciones y Notificaciones, Concursos y Quiebras, Otros
Fecha de la disposición 1 de Marzo de 2007

Capital Federal, y el saldo de precio deberá ser integrado al acreedor, dentro del termino de quince días de realizada la subasta, quien lo pondrá en posesión del bien, plazo este que vencerá automáticamente y quedara constituido postor remiso con perdida de la seña y demás importes abonados. No procede la compra en comisión.La actuación judicial se caratula: 'MORGAN,Jeremías Guillermo c/CAILLAVA, María Teresa s/ EJECUCION DE SENTENCIA -- INCIDENTE CIVIL', Exp: 83.930/06, en trámite por ante el Juzgado Nacional de 1ra. Inst. en lo Civil N° 6, sito en Avda. de los Inmigrantes 1950 4to piso,Capital Federal. EXHIBICION: del 2 al 6 de Marzo de 10 a 14 horas.Buenos Aires, febrero 21 del 2007.Miguel A. M. Soaje, martillero.e. 28/02/2007 N° 83.066 v. 02/03/2007 El Martillero HORACIO BARRIENTOS PAZ comunica y hace saber por tres días que por cuenta y orden del CITIBANK N.A., conforme a lo establecido por el Art. 39° de la Ley 12.962 y por el Art. 585° del C.C procederá a subastar el día 14 de marzo de 2007 a partir de las 14 Hs. en Talcahuano 479,Cap. Fed. los automotores que se detallan a continuación:Aguirre Carlos Iveco tipo Camión 160 E 23 N CKA 215Ibarra Jaime Mercedes Benz tipo Chasis c/ cabina LK 1218 R DDW 982En el estado en que se encuentran en exhibición en Furlong S.A. (Ruta Panamericana Km. 35,500Gral. Pacheco, Bs. As.) 14 a 17 Hs. (inf/1557684414). SEÑA 30%. SIN BASE. COMISIÓN 3% + IVA, en pesos, en el acto del Remate que se realiza al contado y al mejor postor. El saldo deberá ser integrado por el comprador dentro de las 48 Hs hábiles posteriores a la Subasta en el lugar que indique el martillero, bajo apercibimiento de dar por rescindida la operación con pérdida de las sumas abonadas a favor de la vendedora. De existir deuda de patentes, impuestos e infracciones la misma es a cargo del comprador, como así también los gastos de transferencia de los bienes. El comprador deberá constituir domicilio dentro del radio de la Cap. Fed. La Subasta queda sujeta a la aprobación de la entidad vendedora.Bs. As 26/02/07.Horacio Barrientos Paz, martillero.e. 28/02/2007 N° 57.977 v. 02/03/2007 3. Edictos Judiciales 3.1. CITACIONES Y NOTIFICACIONES.CONCURSOS Y QUIEBRAS. OTROS ANTERIORES TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL JUJUY El TRIBUNAL ORAL en lo CRIMINALFEDERAL de JUJUY, por unanimidad,RESUELVE: 1º) CONDENAR a Juan Vázquez Muruchi, de las calidades personales obrantes en autos, a la pena de 4 años y 3 meses de prisión y multa de pesos doscientos veinticinco ($ 225), por encontrarlo autor responsable del delito de transporte de estupefacientes, previsto y penado por el art. 5º inciso 'C' de la Ley 23737, con más la inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena, conforme el art. 12 del Código Penal. Con Costas. Remitiéndolo al Servicio Penitenciario Federal, para que cumpla la pena privativa de la libertad en una unidad carcelaria a su cargo.2º) COMPUTO DE PENA: FIJAR como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad el día 9 de enero de 2.009 y diez días para el pago de multa y costas del juicio.3º) ORDENAR la destrucción del remanente del material secuestrado (estupefaciente), con intervención de la autoridad sanitaria federal.4º) DISPONER que la lectura de los fundamentos del presente fallo, se efectúe el día 6 de Marzo de 2.006 a hs. 12:00 en la sede de este tribunal (art. 400 del C. P.P. N.).5º) MANDAR que por Secretaría se registre este fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes. -- HUGO MARCELO SAVIO,Juez de Cámara Subrogante. -- CARLOS ROLANDO MASSACCESI, Juez de Cámara. -RENE VICENTE CASAS, Juez de Cámara. Ante mí: EFRAIN ASE, secretario.e. 16/02/2007 Nº 537.741 v. 01/03/2007 El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy, por unanimidad:FALLA:Primero: CONDENANDO a YENNY MORENO RUIZ, de las calidades personales mencionadas más arriba, a la pena de CUATRO AÑOS DE PRISION, multa de PESOS: DOSCIENTOS VEINTICINCO ($ 225), la pena de inhabilitación absoluta que prescribe el artículo 12 del Código Penal, por encontrarla autora penalmente responsable del delito de Transporte de Estupefacientes --cocaína--, figura prevista y penada por el artículo 5º inciso 'C' de la ley 23.737, con costas. Remitiendola al Servicio Penitenciario Federal para que cumpla la pena privativa de la libertad en una unidad carcelaria a su cargo.Segundo: FIJANDO como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad, el día 14 de Julio del año dos mil diez, y diez días para el pago de multa y costas del Juicio.Tercero: ORDENANDO la destrucción del remanente del material secuestrado (estupefaciente), con intervención de la autoridad sanitaria federal.Cuarto: REMITIR copia de la presente sentencia al actual lugar de detención de Yenny Moreno Ruiz, para su correspondiente notificación en ese lugar.Quinto: MANDANDO que por Secretaría se registre este fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes. -- RENE VICENTE CASAS. -- CARLOS ROLANDO MASSACCESI.-- HUGO MARCELO SAVIO. Ante mí: EFRAIN ASE, secretario.e. 16/02/2007 Nº 537.742 v. 01/03/2007 El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy,FALLA:1º).- CONDENANDO a Ademar COPA CABA, de las calidades personales obrantes en autos, a la pena de CUATRO AÑOS Y SEIS MESES DE PRISIÓN, con más la inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena. conforme art. 12 del Código Penal, inhabilitación especial para ejercer el comercio por el mismo tiempo de la condena, inhabilitación absoluta por el doble tiempo de la condena para desempeñarse como funcionario o empleado público, e inhabilitación especial perpetua para desempeñarse como miembro de las fuerzas de seguridad, funcionario o empleado aduanero o proveedor de a bordo de cualquier medio de transporte internacional y como apoderado de cualquiera de estos tres últimos y las costas del juicio, por encontrarlo autor responsable del delito de contrabando de importación de estupefacientes agravado por el presunto destino de comercialización, previsto y sancionado por el Art. 866, segundo párrafo, en función del Art.863 y 864 inc. 'd' de la Ley Nº 22.415, y su modificatoria, con más las inhabilitaciones establecidas por el Art. 876, incisos 'e', por el tiempo que dure la condena, 'f' y 'h', sin perjuicio de las que correspondan en sede aduanera y las costas del juicio.2º).- FIJANDO como fecha de cumplimiento de la...

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