MARIVA BURSATIL SOCIEDAD DE BOLSA

Fecha de la disposición23 de Diciembre de 2013

MARIVA BURSATIL SOCIEDAD DE BOLSA

SOCIEDAD ANONIMA

Por Asamblea General Extraordinaria Unánime Nro. 31 del 13/12/2013 se resolvió: (i) reformar el ARTICULO PRIMERO del Estatuto Social quedando como sigue: La sociedad se denomina MARIVA BURSATIL S.A., continuadora de MARIVA BURSATIL SOCIEDAD DE BOLSA S.A; (ii) reformar el ARTICULO CUARTO del Estatuto Social quedando como sigue: OBJETO: La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros, o asociada a terceros, en cualquier lugar de esta República, o en el exterior, con sujeción a las leyes del respectivo país, a las siguientes actividades: a) COMERCIALES: I.- De Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación - Propio, de conformidad a lo dispuesto por la Ley Nº 26.831 y las NORMAS CNV (N.T. 2013), por lo que además de desarrollar las actividades propias de los Agentes de Negociación, podrá solamente intervenir en la liquidación y compensación de operaciones (colocación primaria y negociación secundaria) registradas para cartera propia y de sus clientes, siendo responsables del cumplimiento ante los Mercados y/o las Cámaras Compensadoras de las obligaciones propias y de sus clientes. A fin de llevar a cabo las actividades antes mencionadas, deberá estar registrada en la correspondiente categoría ante la Comisión Nacional de Valores. Asimismo, la sociedad podrá solicitar el registro ante el mencionado Organismo de Contralor de cualquier otra actividad que sea compatible conforme las normas reglamentarias. Cualquiera que sea la categoría en que se registre ante la Comisión Nacional de Valores, se encuentra facultada a realizar, en cualquier Mercado del país, cualquier clase de operaciones sobre valores negociables públicos o privados, permitidas por las disposiciones legales y reglamentarias vigentes a las categorías de Agentes mencionadas “ut-supra”; podrá operar en los mercados en los cuales se celebren contratos al contado o a término, de futuros y opciones sobre valores negociables; la prefinanciación y distribución primaria de valores en cualquiera de sus modalidades, y en general, intervenir en aquellas transacciones del Mercado de Capitales que puedan llevar a cabo las categorías de Agentes antes descriptas, en un todo de acuerdo con las disposiciones legales y reglamentarias en vigor; b) MANDATARIAS: administración por cuenta de terceros de negocios financieros, y en especial, los relacionados con títulos de crédito, títulos valores...

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