Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala H, 2 de Agosto de 2017, expediente CIV 092250/2009/CA001 - CA002

Fecha de Resolución 2 de Agosto de 2017
EmisorCamara Civil - Sala H

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA H 92250/2009. MARISCOTTI MARIO c/ S.D.A. s/PROPIEDAD INTELECTUAL LEY 11.723 Buenos Aires, 2 de agosto de 2017.- CC fs. 882 AUTOS, VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Para resolver el planteo de caducidad de la segunda instancia formulado por la parte demandada a fs. 875, cuyo traslado fue contestado por la contraparte a fs. 878.

  2. Tiene dicho este Tribunal que el término de la caducidad de la segunda instancia sólo empieza a correr una vez que la sentencia recurrida y las regulaciones de honorarios practicadas en el proceso son notificadas a todos los interesados, aunque a alguno de ellos ya se le hubiera concedido un recurso de apelación. Ello, en virtud de la indivisibilidad de la instancia a los efectos de la perención, que no permite considerar los recursos concedidos mientras la sentencia recurrida no quede notificada a todos los interesados (conf. esta S., “Agresani de P.C.T. c/O.A.M. s/ Sumario”, 15/5/2001; ídem ED 74-381, LL 1979-A-491; idem E.. 44.417/2010. “Pitrizza SA c/ C.F. y Otros s/ Desalojo por vencimiento de contrato” 31/8/12; idem E.. 65.185/08, “G.P.S. c/ Converti, L.E. y Otros s/Daños y Perjuicios (Acc.Trans. c/Les. o Muerte)”, 16/4/13).-

  3. Ahora bien, conforme surge de las constancias obrantes en autos el demandado S. acusa la caducidad de la segunda instancia respecto de las regulaciones de honorarios efectuadas en autos a favor de la Dra. H., letrada de la parte actora. No obstante y aun cuando dicha letrada se allanara al planteo...

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