Por Maria Laura Massera

EmisorJuzgado de Primera Instancia
Fecha de la disposición25 de Agosto de 2014

POR

MARIA LAURA MASSERA

Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 10° Nominación de Rosario, la Secretaría que suscribe hace saber: Que en los autos caratulados: “MUNICIPALIDAD DE ROLDAN c/Otros s/Apremio Fiscal - Expte. Nº 789/11”, se ha ordenado que la Martillera María Laura Massera, Matrícula Nº 1983-M-192, CUIT. 23-25171329-4, proceda a vender en Pública Subasta el día 3 de Septiembre de 2014, a las 11:00 horas, en el Juzgado Comunitario y de las Pequeñas Causas de la ciudad de Roldán, provincia de Santa Fe, con la base de $ 10.611,40, de no haber oferentes, en segunda subasta, con la base retasada en un 25%, y de persistir la falta de oferentes, en tercera subasta como última base el avalúo fiscal, el siguiente Inmueble, situado en la ciudad de Roldán (Lote 10 de la Manzana “B”, Sector: 43; Plano Nº 70853/1972) y que según su título se describe así: “...Un terreno Libre de edificación, situado en esta Provincia, Departamento San Lorenzo, Distrito Roldán, Zona Rural, designado con el número Diez de La manzana “B” en el plano inscripto bajo el número setenta mil ochocientos cincuenta y tres, año mil novecientos setenta y dos, según el cuaL se describe así: ubicado a los 30,56m. de una calle pública sin denominación, hacia el Norte, compuesto de 15,28m de frente por 42,09m de fondo, encerrando una superficie de 643,14m2, y lindando: al Este con calle pública; al Norte con lote 9; al Oeste con fondos del lote 15 y al Sud con el lote 11”.- El inmueble se vende en el estado de ocupación en que se encuentra -desocupado- según constancia de autos. De informes, Registro General, surge dominio del inmueble inscripto a nombre del demandado, al Tomo: 200, Folio: 197, Nro. 179459, Dpto. San Lorenzo. El demandado No registra Inhibición. El inmueble No registra Hipoteca; Registra Embargo: al Tomo: 120E, Folio: 4065, Nro. 376105, de fecha 14/09/2011, por la suma de $ 16.040,64.- por orden de este Juzgado y para estos autos. Quien resulte adquirente deberá abonar...

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