MARIA BELEN ESPINOLA PEREZ

Fecha de disposición16 Marzo 2018
Fecha de publicación16 Marzo 2018

TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL - CORRIENTES

EDICTO: Por disposición de S. Sa. Juez de Ejecución ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes Dr. FERMIN AMADO CEROLENI, se ha ordenado la publicación en el Boletín Oficial por el termino de cinco (5) días, lo dispuesto en la Sentencia Nº 40 de fecha 12 de Octubre de 2016, en la causa caratulada: "ESPINOLA PEREZ, MARIA BELEN - ARCE MERELES, LUCIO ANTONIO S/INFRACCION LEY 23.737" Expediente Nº FCT 3291/2015/TO1, respecto a MARIA BELEN ESPINOLA PEREZ, de nacionalidad Paraguaya, C.I. Nº 6.792.507, de estado civil soltera, nacida el 06 de marzo del año 1995 en la localidad de Itauguá en el dpto. Central, situada a 30 Km. de la ciudad de Asunción capital de la República del Paraguay, con estudios secundarios incompletos, hija de Eusebia Pérez y Darío Espínola, de ocupación vendedora y trabaja en una fábrica de helado, domiciliada en Barrio Costa Dulce de - Asunción - República del Paraguay-, la que dispone: "SENTENCIA Nº 15. CORRIENTES, 07 de Mayo de 2014. Y VISTOS: Por los fundamentos que instruye el Acuerdo precedente; SE RESUELVE: 1º) CONDENAR a MARIA BELEN ESPÍNOLA PEREZ Cedula de Identidad de la República del Paraguay Nº 6.792.507, ya filiada en autos, a la pena de cuatro (4) años de prisión, y multa de pesos doscientos veinticinco ($ 225,00) la que deberá hacerse efectiva en el término de treinta (30) días de quedar firme la presente, como coautora penalmente responsable del delito de Transporte de Estupefacientes, previsto y reprimido por el art. 5º) inc. c) de la Ley 23.737, con costas (arts. 40, 41 y 45 del Código Penal y arts. 530, 531, 533 y 535 del CPPN) 2º) \u2026 3º) \u2026 4º) \u2026 5º) \u2026 6º) \u2026 7º) \u2026 8º) \u2026 9º) \u2026...

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