Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico, 24 de Abril de 2013, expediente 63.829

Fecha de Resolución24 de Abril de 2013

'

g;~ ~ de la Q/fícwúm ~!~~~o~~-?'d~§

1~~.....

..

_ 12lL

INCIDENTE DE APELACIÓN CONTRA EL AUTO DE SOBRESEIMIENTO RESPECTO DE MARI O MININO

EN CAUSA N° 1.831/00 (137), CARA TULADA: "GLOBAL CROSSING ARGENTINA S.A. SOBRE

INFRACCIÓN LEY 24.769" DESPRENDIMIENTO DE LA CAUSA N° 1.831/00, CARATULADA: "VIAZZO,

R.G. Y OTROS SOBRE INFRACCIÓN LEY 24.769". J.N.P.E. N° 3. SECRETARÍA

CONTRATADA. CAUSA N° 63.829. ORDEN W 25.066. SALA "B".

Buenos Aires, L '-i de abril de 2013.

VISTOS:

Los recursos de apelación interpuestos a fs. 780/783 vta. y 784/785 de los autos principales (fs. 6/9 vta. y 10111 de este incidente) por la señora representante del Ministerio Público Fiscal y por la representación de la querella (A.F.I.P.~D.G.I.), respectivamente, contra el punto I de la resolución de fs. 775/779

del legajo principal (fs. 1/5 de este incidente), por el cual se dictó el auto de ,

sobreseimiento de M.M..

~ Los memoriales de fs. 25/26 y 30/33 vta. de este incidente, por los -

~ cuales el señor fiscal general de cámara y la representación de la parte querellante LL

O (A.F.I.P.-D.G.I.), respectivamente, informaron por escrito en la oportunidad prevista O

(f) por el arto 454 del C.P.P.N.

:J

y CONSIDERANDO:

1°) Que, por la resolución recurrida, el señor juez de la instancia anterior dictó el auto de sobreseimiento de M.M. con relación a los hechos consistentes en la presunta evasión de las sumas de $ 162.177,97, de $ 290.204,59,

de $ 327.651,07, de $ 366.712,19, Y de $ 151.791,56, cuyo pago habría correspondido a IMPSAT S.A. en concepto del Impuesto al Valor Agregado por los ejercicios fiscales 1999 y 2003, Y del Impuesto a las Salidas No Documentadas por los ejercicios fiscales 1999, 2000 Y 2001, respectivamente, por considerar que a partir de la redacción otorgada al arto 1 de la ley 24.769 por la ley 26.735, aquellos hechos no se adecuarían a un tipo penal (art. 336 inciso 3° del C.P.P.N.), y que la nueva redacción resultaría aplicable al caso en función del principio de la retroactividad de ley penal más benigna.

20) Que, por la ley 26.735 (sancionada el 22/12/2011 y publicada en el Boletín Oficial el 28/12/2011) se sustituyó el arto 1 de la ley 24.769, elevándose el monto establecido con relación al delito de evasión tributaria simple a la suma de cuatrocientos mil pesos ($ 400.000).

30) Que, la nueva redacción del arto 1 del Régimen Penal Tributario resultaría aplicable al caso "sub examine" como derivación del principio de la retroactividad de la ley penal...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR