Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix, 20 de Septiembre de 2017, expediente CNT 029230/2009/CA002 - CA001

Fecha de Resolución20 de Septiembre de 2017
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IX Causa N°: 29230/2009 - MARCOTE , N.A. c/ FRIGORIFICO MANECA SA Y OTROS s/DESPIDO Buenos Aires, 20 de septiembre de 2017.

VISTO:

Vuelven las presentes actuaciones a esta alzada en razón de los recursos de apelación deducidos por la parte actora a a fin de cuestionar las resoluciones obrantes a fs. 1348 y a fs. 1351, oportunidades en que el Sr. Magistrado a quo dispuso desestimar –

respectivamente- sus planteos referidos a la validez constitucional del art. 8º de la ley 24.432 (v. fs.

1371/1372) y a la tasa de interés aplicable (v. fs.

1301/1302).

La contraria respondió los agravios a tenor de sus presentaciones de fs. 1386/1390 y fs. 1353/4, respectivamente.

Requerida su opinión al Sr. Fiscal General ante esta E.. Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, se expidió el Sr. Fiscal General Adjunto interino de acuerdo al precedente dictamen.

Y CONSIDERANDO:

  1. Que los cuestionamientos deducidos en la etapa de ejecución acerca de la validez de los arts. 1º y 8º

    de la ley 24.432 así como de la tasa de interés aplicable en virtud de sucesivas actas dictadas por esta Cámara, exceden del principio del art. 109 de la L.O. y autorizan su tratamiento en los términos del art. 105 inc. “h” de la citada ley adjetiva.

  2. Que aclarado ello y sobre el tópico que nos convoca en primer término, el Tribunal estima oportuno recordar que el Alto Tribunal ha sostenido que “… en diversas materias el legislador ha puesto de manifiesto su decisión de disminuir el costo de los procesos judiciales, con el objetivo de facilitar el acceso a la justicia de las personas con menores recursos económicos o de no agravar la situación Fecha de firma: 20/09/2017 Alta en sistema: 10/10/2017 Firmado por: A.E.B., JUEZ DE CAMARA - SALA IX Firmado por: R.C.P., JUEZ DE CAMARA - SALA IX #20273187#188886875#20170920091708074 Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IX patrimonial de las personas afectadas por tales procesos, apartándose así de las pautas generales contenidas en las leyes arancelarias… Que igual propósito persiguió mediante la sanción de la ley 24.432… finalidad que se desprende del conjunto de disposiciones que conforman esta ley, entre ellas el art. 8º… … atento la finalidad tenida en vista por el legislador … la solución consagrada en el art. 277 de la L.C.T. se manifiesta como uno de los arbitrios posibles enderezados a disminuir el costo de los procesos judiciales y morigerar los índices de litigiosidad, asegurando la razonable satisfacción de las costas del proceso judicial por la parte vencida, sin...

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