Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba - CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA A - SECRETARIA CIVIL I, 22 de Marzo de 2018, expediente FCB 051013017/2004/CA002

Fecha de Resolución22 de Marzo de 2018
EmisorCAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA A - SECRETARIA CIVIL I

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA A AUTOS: “MARCHETTI, M.J. Y OTROS C/ ESTADO NACIONAL ARGENTINO – Daños y Perjuicios”

En la ciudad de Córdoba, a veintidós días del mes de marzo del año dos mil dieciocho, reunida en Acuerdo la Sala “A” de la Excma. Cámara Federal de Apelaciones de la Cuarta Circunscripción Judicial para dictar sentencia en estos autos caratulados:

M., M.J. Y OTROS C/ ESTADO NACIONAL ARGENTINO – Daños y Perjuicios

(Expte. N° 51013017/2004/CA2), venidos a conocimiento del Tribunal en virtud del pedido de regulación de honorarios solicitado por la doctora Marcela del

  1. Frini (fs. 246).-

    Puesto los autos a resolución de la Sala los señores Jueces emiten sus votos en el siguiente orden: EDUARDO AVALOS -

    IGNACIO MARIA VELEZ FUNES - GRACIELA S. MONTES

    I.-

    El señor Juez de Cámara, doctor E.A., dijo :

  2. El pedido en cuestión resulta procedente, toda vez que mediante resolución de fecha 10 de agosto de 2016 el A quo fija los honorarios de los letrados de las partes, existiendo por lo tanto base firme a los fines de practicar la regulación correspondiente a las tareas efectuadas ante esta Alzada (escrito de expresión de agravios obrante a fs. 191/195vta. y escrito de contestación de agravios obrante a fs. 200/202vta.).-

  3. Analizado el caso y efectuando los análisis valorativos pertinentes, se considera la entidad de la labor desempeñada y el resultado obtenido por la letrada de la parte demandada en la Sentencia de fecha 12 de abril de 2016, que dispuso modificar parcialmente la resolución apelada, e imponer las costas de la Alzada en un 20% a cargo de la parte actora y en un 80 % a la accionada.-

    Fecha de firma: 22/03/2018 Firmado por: G.S.M., Firmado por: I.M.V.F., Firmado por: M.V., Firmado por: EDUARDO AVALOS #3522300#200728553#20180322110037613 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA A AUTOS: “MARCHETTI, M.J. Y OTROS C/ ESTADO NACIONAL ARGENTINO – Daños y Perjuicios”

    Por ello tienen aplicación las pautas y porcentajes de los arts. 6, 7, 14 y concordantes de la ley arancelaria vigente, estimando justo y equitativo establecer los honorarios de la doctora Marcela del

  4. Frini, letrada de la demandada, en la suma de pesos Un mil Cien ($

    1.100) al 01.01.2000, con más intereses de Tasa Pasiva Promedio que publica el B.C.R.A., desde que son debidos y hasta el efectivo pago, atento lo dispuesto recientemente por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en los autos caratulados: “B., M.N...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR