Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 16 de Marzo de 2016, expediente Rc 120434

PresidenteHitters-Pettigiani-Genoud-Soria
Fecha de Resolución16 de Marzo de 2016
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA
  1. 120.434 "M., N. contra El Progreso-Astro Compañía de Seguros S.A. Cobro de pesos".

//Plata, 16 de marzo de 2016.

AUTOS Y VISTO:

  1. Conforme surge de las constancias acompañadas, la Sala I de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial de Morón, en el marco de un cobro de pesos iniciado por N.M. contra "El Progreso-Astro Compañía de Seguros S.A.", confirmó la decisión del juez de primer grado quien, a su turno, hizo lugar a la demanda por $ 15.000, sin adicionar intereses por no haber sido requeridos en la demanda (fs. 3/7).

    Contra lo así resuelto, conforme al relato efectuado por la actora en el recurso de hecho traído ante esta Corte, ésta habría interpuesto recursos extraordinarios de inaplicabilidad de ley e inconstitucionalidad ante el fallo de la alzada -incluyendo la denuncia de invalidez constitucional del art. 278 del código de rito-. La alzada primeramente rechazó el último planteo, por lo que el impugnante articuló un recurso federal (fs. 9 y 10/15 vta.), y luego denegó los extraordinarios, señalando, por un lado, la insuficiencia de la cuantía del agravio en cuanto al primero y por el otro, la ausencia de los presupuestos requeridos para su viabilización, lo que motivó la deducción de la presente queja (art. 292, del C.P.C.C.; fs. 26/26 vta. y 31/33 vta.).

  2. Al respecto -y sin perjuicio de otras consideraciones que pudieran hacerse-, cabe señalar que el citado artículo 292 prescribe que el referido recurso debe interponerse dentro del plazo que menciona y con las copias que indica su inciso...

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