Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia, 17 de Marzo de 2009, expediente 24.452

Fecha de Resolución17 de Marzo de 2009

Poder Judicial de la Nación Expte. nº 24.452.-

"MANSILLA, M.H. s/exc. -

Rec.CASACION".

JF. Ushuaia.-

modoro R., 17 de marzo de 2009.-

VISTO:

Estos autos nº 24.452 caratulados "MANSILLA,

M.H./excarcelación Rec. CASACION", en trámite ante el Juzgado Federal de Primera Instancia de Ushuaia,

Y CONSIDERANDO:

  1. Que a fs. 64/66vta., este Tribunal confirmó el auto de fs. 48/49 venido en apelación, en cuanto denegó la excarcelación bajo cualquier tipo de caución a M.H.M., decisión contra la cual el defensor particular del nombrado dedujo recurso de casación a fs. 71/77.

  2. Que con la providencia que mandó poner USO OFICIAL

    los autos al acuerdo, dictada a fs. 78, el Tribunal quedó en condiciones de efectuar el examen de admisibilidad del recurso de casación interpuesto.

  3. Que siendo la resolución impugnada equiparable a "sentencia definitiva", en los términos previstos por el art. 457 del C.P.P.N.; habiendo el recurrente individua-

    lizado las normas que entiende erróneamente aplicadas; expresando la aplicación que pretende; hallándose involucrada una cuestión federal derivada de la presunta arbitrariedad del pronunciamiento impugnado (C.N.C.P., s. II, "Amarilla Fermín s/rec. Queja", c.

    5790, reg. 7873.2.); y por haberse articulado en término el recurso por quien está legitimado para hacerlo (art. 463,

    C.P.P.N.), el Tribunal

    RESUELVE:

    I) CONCEDER, sin efecto suspensivo, el recurso de casación interpuesto a fs. 71/77 por el defensor particular Dr. A.B., en representación de MANSILLA,

    M.H., contra el auto de fs. 64/66vta. y EMPLAZAR al interesado para que comparezca a mantenerlo ante la cámara de casación en...

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