Sentencia de Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires, 29 de Febrero de 2000, expediente B 57347

PonenteJuez PISANO (SD)
PresidentePisano-Laborde-Hitters-de Lázzari-Pettigiani
Fecha de Resolución29 de Febrero de 2000
EmisorCorte Suprema de la Provincia de Buenos Aires

A C U E R D O

En la ciudad de La Plata, a veintinueve de febrero de dos mil, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctores P., L., Hitters, de L., P., se reúnen los señores jueces de la Suprema Corte de Justicia en acuerdo ordinario para pronunciar sentencia definitiva en la causa B. 57.347, “M., A.G. contra Provincia de Buenos Aires (Dirección General de Escuelas y Culturas). Demanda contencioso administrativa”.

A N T E C E D E N T E S
  1. La señora A.G.M., por su derecho promueve demanda contencioso administrativa contra la Provincia de Buenos Aires, procurando tanto la anulación de la resolución 15.098 del 24III1994 como su similar 938 del 19III1996 ambas dictadas por la Directora General de Escuelas y Cultura, mediante las cuales fue designada interinamente en el cargo de Jefe de Departamento de la Dirección de Educación Superior a la agente V.B., al tiempo que se rechazó su recurso de revocatoria.

    Asimismo impugna la resolución 3527 del día 20VII1995, por la cual la misma funcionaria dispuso su reubicación del cargo que revistaba en la Dirección de Educación Superior, a otro en la Dirección de Psicología y Asistencia Social perteneciente a la Dirección General de Escuelas.

    Extiende además su demanda a la resolución 3382 de fecha 19VII1995 a través de la cual la titular de la repartición, designó a otra agente señora C.J., en lugar de la agente señora B. en la Dirección de Educación Superior del mismo Organismo.

    Solicita se condene a la demanda a la implementación de un llamado a concurso con el fin de cubrir el cargo vacante de Jefe de Departamento, en la Dirección de Educación Superior.

  2. Corrido el traslado de ley , la Fiscalía de Estado se presenta a juicio sosteniendo la legitimidad de los actos cuestionados, por lo que solicitó el rechazo de la demanda tanto en su parte formal como sustancial. Con costas.

  3. Agregadas las actuaciones administrativas, el cuaderno de pruebas de la parte actora, los alegatos de ambas partes, y encontrándose la causa en estado de ser resuelta, corresponde plantear y votar la siguiente

    C U E S T I O N

    ¿Es fundada la demanda?

    V O T A C I O N

    A la cuestión planteada, el señor J. doctorP. dijo:

  4. La señora M., acumula a su pretensión anulatoria el reconocimiento de su derecho a ser promovida a una categoría superior, el llamamiento a concurso para cubrir una vacante de Jefe de Departamento, a la vez que impugna la retrogradación surgida del texto de la resolución 3527/95, con motivo de su traslado a la Dirección de Psicología y Asistencia Social de la Dirección General de Escuelas.

  5. La Fiscalía de Estado objeta la demanda, con base en que la actora carecía del derecho subjetivo de carácter administrativo preexistente, establecido en su favor, como requieren los arts. 1 y 28 inc. 3 del Código de...

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