Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala I, 9 de Octubre de 2019, expediente CNT 005350/2016/CA001

Fecha de Resolución 9 de Octubre de 2019
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala I

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO SALA I SENTENCIA DEFINITIVA NRO. 94070 CAUSA NRO. 5350/2016 AUTOS: “M.K.R. C/ PROVINCIA ART SA S/ ACCIDENTE LEY ESPECIAL”.

JUZGADO NRO.10 SALA I En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 9 días del mes de octubre de 2.019, reunida la Sala Primera de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, para dictar sentencia en la causa del epígrafe, y de acuerdo al correspondiente sorteo, se procede a votar en el siguiente orden:

La D.G.A.V. dijo:

I- La señora jueza “a quo”, a fojas 167/170 y vta, hizo lugar a la demanda dirigida contra la aseguradora de riesgos del trabajo, orientada al cobro de una indemnización fundada en la ley 24.557 y modificaciones de la ley 26.773, que repare las derivaciones dañosas de los accidentes de trabajo sufridos por la trabajadora. Tal decisión fue apelada por la parte actora, a tenor de los agravios vertidos en el memorial de fojas 171/172 y 173, cuyos términos no merecieron réplica de la contraparte.

Asimismo cuestiona la regulación de honorarios practicada en su favor por considerarla baja.

Asimismo la Sra. perito médica apela sus emolumentos por estimar que los mismos lucen reducidos.

II- Memoro que en el día 06 del mes de abril de 2011 la señora M. ingresó

a trabajar bajo la subordinación y dependencia del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, cumpliendo tareas de docente suplente, percibiendo una remuneración mensual de $16.500.-

La actora manifiesta que el día 14 de marzo del 2014 cerca de las 13:00 horas, se encontraba realizando sus tareas habituales, en la escuela N°13 ubicada en Monroe al 3000, C.; cuando al bajar unas escaleras resbala y cae, golpeando fuertemente contra el suelo la muñeca derecha, dedos y mano derecha, glúteo derecho y pie derecho. Refiere que recibió atención médica por parte de la ART hasta la fecha del alta médica (27/04/2014).

Asimismo la accionante expresa que el día 05 de junio de 2015 sufre otro accidente, en esta ocasión “in itinere”. Relata que cuando se encontraba viajando hacia su lugar de trabajo, encontrándose a bordo de la línea de colectivos número 41, el chofer frena bruscamente al colisionar contra otro vehículo, provocando que la trabajadora impacte su codo y muñeca derecha contra el barral del colectivo.

En esta ocasión, la ART demandada también otorgó atención médica a la Sra.

M. hasta la fecha del alta médica (07/07/2015)

Fecha de firma: 09/10/2019 Firmado por: M.V.M.C., SECRETARIA DE...

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