Mamani Cruz Ismael y Yucra Cutipa Santiago S/inf.Ley 23737.Exp.Nºm-28/07 Mamani Cruz Ismael Su Sentencia.

Fecha de disposición30 Octubre 2007
Fecha de publicación30 Octubre 2007
SecciónCuarta Sección - Judiciales
Número de Gaceta31270

Segundo: FIJANDO como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad, el día veintisiete de Noviembre del año dos mil diez, y diez días para el pago de multa y costas del Juicio.

Tercero: ORDENANDO la destrucción del remanente del material secuestrado (estupefaciente), con intervención de la autoridad sanitaria federal.

Cuarto: REMITIR copia de la presente sentencia al actual lugar de detención de Ana Lucero Mendoza de Ledezma, para su correspondiente notificación en ese lugar.

Quinto: MANDANDO que por Secretaría se registre este fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes. -- RENE VICENTE CASAS. -- CARLOS ROLANDO MASSACCESI.

-- HUGO MARCELO SAVIO. Ante mí: Efraín Ase,

Secretario.

e. 22/10/2007 Nº 560.869 v. 02/11/2007 El TRIBUNAL ORAL CRIMINAL FEDERAL DE JUJUY,

FALLA:

  1. CONDENAR a JOSE ANGEL SANCHEZ, de las calidades personales obrantes en autos, a la pena de CUATRO AÑOS y UN MES de PRISIÓN y MULTAde pesos trescientos ($300,00), con más la inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena, art. 12 del código penal; por encontrarlo autor responsable del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, art. 5 inc.

    c), ley 23.737, con costas; y comiso del dinero secuestrado ($1.610,15), art. 30 ley 23.737.

  2. COMPUTO de PENA. Fijar como fecha de cumplimiento de la pena privativa de libertad el 12 de noviembre de 2010; y diez días para el pago de multa y costas del juicio.

  3. ORDENAR la destrucción del remanente del material secuestrado (estupefaciente), con intervención de la autoridad sanitaria federal.

  4. REMITIR a JOSE ANGEL SANCHEZ al Servicio Penitenciario Federal, para que cumpla la pena privativa de libertad en unidad carcelaria a su cargo.V. NOTIFICAR la Sentencia en lugar de detención bajo acta con entrega de fotocopia, adjuntando DNI duplicado 12390836 a nombre de JOSE ANGEL SANCHEZ, y MANDAR que por Secretaría se registre este fallo, y se hagan las comunicaciones, oficios y notificaciones. -- Carlos Rolando Massaccesi. -- René Vicente Casas. -- Hugo Marcelo Savio. -- Ante mí: Efraín Ase, secretario.

    e. 17/10/2007 Nº 560.371 v. 30/10/2007 TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL SECRETARIA UNICA TUCUMAN Causa: 'Titizano Lafuente, Jaime Alberto; Salvatierra Delgadillo. Justo Pastor; Justiniano Molina, Alexander y Antelo, Oliva Frey S/ Infracción a la Ley 23.737', Expte. T 23/07.

    AUTOS Y VISTOS: CONSIDERANDO:

    Por lo preexpuesto el Tribunal:

    RESUELVE:

    I) CONDENAR A ALEXANDER JUSTINIANO MOLINA, de las condiciones personales que constan en autos, a la pena de CUATRO AÑOS, MULTA DE PESOS DOSCIENTOS VEINTICINCO ($ 225),ACCESORIAS LEGALES Y COSTAS, por ser autor penalmente responsable del delito de transporte de estupefacientes, previsto y reprimido por el Art. 5º inciso 'C' de la Ley 23.737 (Arts.

    12, 29 inc. 3º, 40 y 41 del Código Penal y 531 del C.P.P.N.).II) CONDENAR A JULIO PASTOR SALVATIERRA DELGADILLO, de las condiciones personales que constan en autos, a la pena de CUATRO AÑOS, MULTA DE PESOS DOSCIENTOS VEINTICINCO ($ 225), ACCESORIAS LEGALES y COSTAS, por ser autor penalmente responsable del delito de transporte de estupefacientes, previsto y reprimido por el Art. 5º inciso 'C' de la Ley 23.737 (Arts. 12, 29 inc. 3º, 40 y 41 del Código Penal y 531 61 C.P.P.N).III) CONDENAR A JAIME ALBERTO TITIZANO LAFUENTE, de las condiciones personales que constan en autos, a la pena de CUATRO AÑOS y TRES MESES de PRISIÓN, MULTA DE PESOS DOSCIENTOS VEINTICINCO ($ 225), ACCESORIAS LEGALES y COSTAS, por ser autor penalmente responsable del delito de transporte de estupefacientes, previsto y reprimido por el Art. 5º inciso 'C' de la Ley 23.737 (Arts. 12, 29 inc. 3º, 40 y 41 del Código Penal y 531 del C.P.P.N.

    IV) ORDENAR la destrucción del remanente del estupefaciente secuestrado (Art. 30, Ley 23.737).V) PROTOCOLÍCESE - HÁGASE SABER. -Dra. MARIA ALICIA NOLI, Juez de Cámara, Tribunal Oral en lo Criminal Federal. -- GABRIEL EDUARDO CASAS, Presidente. -- CARLOS ENRIQUE IGNACIO JIMENEZ MONTILLA, Juez de Cámara. ANTE MI: JORGE E. DAVID, Secretario de Cámara Subrog.Tribunal Oral Criminal Fed. Tuc.

    San Miguel de Tucumán, 12 de Septiembre de 2007.

    Causa: 'Titizano Lafuente, Jaime Alberto; Salvatierra Delgadillo. Justo Pastor; Justiniano Molina, Alexander y Antelo, Oliva Frey S/Infracción a la Ley 23.737', Expte. T - 23/07.

    San Miguel de Tucumán, 12 de Septiembre de 2007.

    AUTOS, VISTOS Y CONSIDERANDO Que en la sentencia de fecha siete de Agosto del corriente año, obrante a fs. 315/317 y vta., se deslizaron errores materiales: por un lado, en lo referente al nombre del imputado Justo Pastor Salvatierra Delgadillo, consignándose erróneamente como Julio y por el otro, referido al tipo de pena impuesta a Alexander Justiniano Molina y a Justo Pastor Salvatierra Delgadillo, siendo que en ambos casos se debía consignar que se trata de penas de prisión.

    En consecuencia, ante errores materiales, en uno de los nombres del imputado Salvatierra Delgadillo y en el tipo de pena impuesta a ambos imputados, cabe aclarar la sentencia ut supra referida en sus puntos I) y II) de la parte Resolutiva, quedando redactados dichos puntos de la siguiente manera: I) CONDENAR A ALEXANDER JUSTINIANO MOLINA, de las condiciones personales que constan en autos, a la pena de CUATRO AÑOS de PRISION, MULTA DE PESOS DOSCIENTOS VEINTICINCO ($ 225), ACCESORIAS LEGALES y COSTAS, por ser autor penalmente responsable del delito de transporte de estupefacientes, previsto y reprimido por el Art. 5° inciso 'C' de la Ley 23.737 (Arts. 12, 29 inc. 3°, 40 y 41 del Código Penal y 531 del C.P.P.N.).- II) CONDENAR A JUSTO PASTOR SALVATIERRA DELGADILLO, de las condiciones personales que constan en autos, a la pena de CUATRO AÑOS de PRISION, MULTA DE PESOS DOSCIENTOS VEINTICINCO ($ 225), ACCESORIAS LEGALES y COSTAS, por ser autor penalmente responsable del delito de transporte de estupefacientes, previsto y reprimido por el Art. 5° inciso 'C' de la Ley 23.737 (Arts. 12, 29 inc. 3°, 40 y 41 del Código Penal y 531 del C.P.P.N).

    Por lo preexpuesto y en virtud de lo normado por el art. 126 del C.P.P.N., el Tribunal,

    RESUELVE:

    I) ACLARAR la sentencia de fecha siete de Agosto de 2007, obrante a fs. 315/317 y vta. en sus puntos I) y II) de la parte resolutiva, quedando redactados de la siguiente manera: I) CONDENAR A ALEXANDER JUSTINIANO MOLINA, de las condiciones personales que constan en autos, a la pena de CUATRO AÑOS de PRISION MULTADE PESOS DOSCIENTOS VEINTICINCO ($ 225), ACCESORIAS LEGALES y COSTAS, por ser autor penalmente responsable del delito de transporte de estupefacientes, previsto y reprimido por el Art. 5° inciso 'C' de la Ley 23.737 (Arts.

    12, 29 inc. 3°, 40 y 41 del Código Penal y 531 del C.P.P.N.).

    II) CONDENAR A JUSTO PASTOR SALVATIERRA DELGADILLO, de las condiciones personales que constan en autos, a la pena de CUATRO AÑOS de PRISION, MULTA DE PESOS DOSCIENTOS VEINTICINCO ($ 225), ACCESORIAS LEGALES y COSTAS, por ser autor penalmente responsable del delito de transporte de estupefacientes, previsto y reprimido por el Art. 5° inciso 'C' de la Ley 23.737 (Arts. 12, 29 inc. 3°, 40 y 41 del Código Penal y 531 del C.P.P.N), conforme se considera (Art. 126 del C.P.P.N.).

    II) PROTOCOLICESE - HÁGASE SABER. -Dra. MARIA ALICIA NOLI, Juez de Cámara, Tribunal Oral en lo Criminal Federal. -- GABRIEL EDUARDO CASAS, Presidente. -- CARLOS ENRIQUE IGNACIO JIMENEZ MONTILLA, Juez de Cámara. ANTE MI: JORGE E. DAVID, Secretario de Cámara Subrog.Tribunal Oral Criminal Fed. Tuc.

    Causa: 'TITIZANO LAFUENTE, Jaime Alberto;

    SALVATIERRA DELGADILLO, Justo Pastor, JUSTINIANO MOLINA, Alexnder y ANTELO OLIVA,

    Frey s/Infracción a la Ley 23.737'.- Expte. T-23/07.

    San Miguel de Tucumán, 26 de Septiembre de 2007.

    AUTOS Y VISTOS:

    Que vienen estos autos para resolver la fijación de las fechas de cumplimiento de las condenas y los montos de las costas procesales impuestas a Alexander Justiniano Molina, Justo Pastor Salvatierra Delgadillo y Jaime Alberto Titizano Lafuente, mediante sentencia de este Tribunal Oral en lo criminal Federal de Tucumán de fecha 07 deAgosto de 2.007 agregada a fs. 315/317 y vta., aclarada en fecha 12 de Septiembre de 2007a fs. 370 y vta. de autos y;

    CONSIDERANDO:

    Que a Alexander Justiniano Molina de las condiciones personales que constan en autos, se lo condenó a la pena de cuatro años de prisión, multa de pesos doscientos veinticinco ($ 225), accesorias legales y costas. (fs. 315/317 y vta. y...

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