Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 1 de Diciembre de 2004, expediente Ac 91135

PresidenteNegri-Roncoroni-Soria-Genoud-Pettigiani
Fecha de Resolución 1 de Diciembre de 2004
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

Ac. 91.135 "M., C. c/ Banco Hipotecario S.A. Consignación de sumas de dinero, alquileres y arrendamientos. R.. de queja".

//Plata, 1 de diciembre de 2004.

AUTOS Y VISTO:

La vía prevista en el art. 292 del Código Procesal Civil y Comercial sólo procede contra las resoluciones que deniegan o declaran desiertos los recursos extraordinarios establecidos en los arts. 278, 296 y 299 del citado ordenamiento procesal, por lo que resulta improcedente el deducido contra la decisión de la Cámara que declaró mal concedido el de apelación (Ac. 79.868, 15-XI-2000; Ac. 82.911, 24-X-2001; Ac. 84.994, 28-VIII- 2002; Ac...

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