Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - SALA I, 29 de Septiembre de 2014, expediente CNT 008741/2013/CA001

Fecha de Resolución29 de Septiembre de 2014
EmisorSALA I

Poder Judicial de la Nación SENTENCIA INTERLOCUTORIA NRO. CAUSA NRO.

8741/13 AUTOS: ”M.W.L.C./ LA CAJA ASEGURADORA DEL RIESGO DE TRABAJO S.A. S/ ACCIDENTE-LY ESPECIAL”

JUZGADO NRO 57 SALA I Buenos Aires, 29 de setiembre de 2014.

VISTOS:

El recurso de apelación interpuesto por la demandada a fs.140 que apela por altos los honorarios regulados a la perito médica en la presente causa.

Y CONSIDERANDO:

El mérito, eficacia y la extensión de los trabajos realizados, el monto conciliado, las facultades conferidas al Tribunal por el art.38 L.O., arts. 6, 7, 8 y 19 de la ley 21839 y las normas arancelarias de aplicación, lucen adecuados los honorarios fijados a la perito médica, por lo que corresponde mantenerlos.

Por todo ello, el TRIBUNAL

RESUELVE:

Confirmar los honorarios apelados .

R., notifíquese, oportunamente comuníquese el presente pronunciamiento (art. 4 Acordada CSJN Nº...

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