Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala E, 29 de Junio de 2022, expediente COM 005529/2021/CA001

Fecha de Resolución29 de Junio de 2022
EmisorCamara Comercial - Sala E

5529 / 2021 MAIOLINO, S.B. c/ ARCOLINO, M.J. s/EJECUTIVO

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial SALA E

5529 / 2021 MAIOLINO, S.B. c/ ARCOLINO, MARCELO

JORGE s/EJECUTIVO

Juzg.12 Sec. 23 15-13-14

Buenos Aires, 29 de junio de 2022.-

Y VISTOS:

1) La actora apeló -en subsidio- el pronunciamiento dictado el 21/02/22, en cuanto declaró la nulidad parcial respecto de la ampliación de la ejecución ordenada a fs. 38, estableciendo que la misma debía prosperar únicamente respecto del pagaré con vencimiento el 01/11/21.

El recurso se encuentra fundado.

De su lado el ejecutado apeló el mismo pronunciamiento agraviándose de la decisión del juez a quo de admitir la ampliación de la sentencia respecto del pagaré con vencimiento el 01/11/21, como así también de la forma en que fueron impuestas las costas por el rechazo parcial del planteo de nulidad deducido por su parte.

2) Establece el art. 541 del Código Procesal que la ejecución podrá ser ampliada “si durante el juicio, pero con posterioridad a la sentencia”

Fecha de firma: 29/06/2022

Alta en sistema: 30/06/2022 Expte. N° 5529 / 2021 Pág. 1

Firmado por: M.F.B., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.L.M., PROSECRETARIO DE CAMARA

Firmado por: A.O.S., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: H.M., JUEZ DE CAMARA

5529 / 2021 MAIOLINO, S.B. c/ ARCOLINO, M.J. s/EJECUTIVO

vencieren nuevos plazos o cuotas de la obligación en cuya virtud se procede…”

Ahora bien, es cierto que las características de abstracción y completividad de los títulos hace que en la ejecución de un pagaré no resulte -en principio- viable la aplicación del procedimiento establecido en la citada norma; ello habida cuenta la imposibilidad de establecer que los distintos documentos corresponden a cuotas o vencimientos de una misma obligación. Sin embargo, concurren en el caso circunstancias que ameritan una solución particular.

Véase que, independientemente de que la actora acompañó al promover la ejecución el reconocimiento de deuda del cual surge el libramiento simultáneo de otros 24 pagarés, los títulos tienen,

además, la misma fecha de creación y la actora hizo expresa reserva de ampliar la pretensión una vez producido su vencimiento; todo lo cual permite tener por configurado el supuesto previsto en la norma citada, pero sólo en relación al pagaré con vencimiento el 01/11/21.

Ello pues, los títulos numerados desde el 2 al 9 vencieron en fecha anterior a la sentencia dictada a fs. 33.

Por...

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