Sentencia de Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, 12 de Marzo de 2015
Fecha de Resolución | 12 de Marzo de 2015 |
Emisor | Corte Suprema de Justicia |
Cita | 130/15 |
Número de SAIJ | 15090079 |
Número de CUIJ | 21 - 509741 - 7 |
MAIDANA, R.A. c/ MUNICIPALIDAD DE LAGUNA PAIVA -COBRO DE PESOS LABORAL- s/ AVOCACION Cita: 130/15 Nº Saij: 15090079 Nº expediente: Año de causa: 0 Nº de tomo: 261 Pág. de inicio: 088 Pág. de fin: 091 Fecha del fallo: 12/03/2015 Juzgado: CORTE SUPREMA DE JUSTICIA (Santa Fe) - Santa Fe Jueces D.A.E.R.H.F.M.A.G.R.F.G.M.L.N.E.G.S.T. > AVOCACION > MATERIA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA Tesauro > INDEMNIZACION LABORAL Tesauro > MUNICIPALIDAD Tesauro > RELACION DE EMPLEO PUBLICO > DERECHO APLICABLE ADMINISTRATIVO AVOCACION. MATERIA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA. RELACION DE EMPLEO.
MUNICIPALIDAD. INDEMNIZACION LABORAL El presente caso es de la competencia de la Cámara de lo Contencioso Administrativo, desde que la materia que subyace en autos es de naturaleza contencioso administrativa pues se reclama el reconocimiento de derechos que surgen de la prestación de servicios del actor a las órdenes de un Ente público, y si bien en la demanda se pretenden indemnizaciones fundadas en la Ley de Contrato de Trabajo, ello no resta a relaciones con tales características su condición de pública, ligada a la realización de cometidos de interés general. - CITAS: CSJStaFe: M., del 29/10/1997.
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> MATERIA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA Tesauro > EMPLEADO PUBLICO > RELACION DE EMPLEO > NATURALEZA JURIDICA ADMINISTRATIVO EMPLEADO PUBLICO. RELACION DE EMPLEO. NATURALEZA JURIDICA. MATERIA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA La materia que subyace en autos es de naturaleza contencioso administrativa, pues lo que se trata en verdad es de resarcir los daños y perjuicios derivados del actuar ilegítimo de la administración en el marco de una relación de derecho público, debiéndose recordar, que la naturaleza de una institución debe ser definida -fundamentalmente- por los elementos que la constituyen, con independencia del nombre que el legislador o los contratantes le atribuyan. - CITAS: CSJN: Fallos 303:1812.
Texto del fallo Reg.: A y S t 261 p 88/91.
Santa Fe, 12 de marzo del año 2015.
VISTOS: los autos "MAIDANA, R.A. contra MUNICIPALIDAD DE LAGUNA PAIVA -CPL- (Expte. 867/13) sobre AVOCACIÓN" (Expte. C.S.J. CUIJ: 21-00509741-7); y, CONSIDERANDO:
I.1. La demandada solicita que este Tribunal se avoque al conocimiento de los autos "M., R.A. c/ Municipalidad de Laguna Paiva s/ CPL (Expte. N° 867 año 2013)", que tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Laboral de la Primera Nominación de la ciudad de Santa Fe (fs. 21/23).
Afirma, que el actor interpuso demanda...
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