Maggi Julio Gabriel S/ Quiebra

Fecha de la disposición 3 de Diciembre de 2009

La fecha para dictar el auto verificatorio vence el 20.05.2010. La audiencia de explicaciones se llevará a cabo el día 26.05.2010 a las 11:00 horas. Se intima al fallido y a terceros para que entreguen al síndico los bienes del deudor que tengan en poder y hácese saber la prohibición de hacerle pagos, bajo apercibimiento de declararlos ineficaces. Intímase al deudor a que entregue al síndico los libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad en el término de 24 horas. Intímase al fallido para que cumpla los requisitos a los a los que se refiere el art. 86 L.C y para que dentro de las 48 hs., constituya domicilio procesal en el lugar de tramitación, bajo apercibimiento de tenerlo por constituído en los estrados del Juzgado.

Buenos Aires, 24 de noviembre de 2009.

Claudio F. Marjanovic Telebak, secretario interino.

e. 01/12/2009 Nº 112530/09 v. 07/12/2009 El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 9, a cargo de la Dra. Paula María Hualde, Secretaria Nº 18 interinamente a mi cargo, sito en la calle Marcelo T. de Alvear 1840, Piso 4º, Capital Federal, comunica por dos días que en los autos caratulados: 'Kanoore Edul Alberto s/Quiebra Indirecta' (Expte. Nº 65.523), se ha presentado el segundo proyecto de distribución parcial de fondos, habiéndose regulado honorarios en primera instancia a favor de los siguientes profesionales: a) del ex-síndico, contador Felipe Giai en la suma de $ 11.100,00.- y de su letrado patrocinante, Dr. Eduardo A. Teplitzchi en la suma de $ 1.110,00.- haciéndose cargo de éstos últimos el funcionario de la quiebra (conf. art.

257 L.C.Q); b) del sindico actuante Mario Daniel Krasñansky en la suma de $ 25.900,00.- y los de sus letrados patrocinantes, Dr. Juan Carlos Ciminelli y Luisa V. Battiato, en, forma conjunta en la suma de $ 2.590,00.-, haciéndose cargo de éstos últimos el funcionario de la quiebra (conf.

art. 257 L.C.Q).- Publíquese edicto por dos días en el 'Boletín Oficial'.

Buenos Aires, 14 de mayo de 2009.

Claudio F. Marjanovic, secretario interino.

e. 02/12/2009 Nº 113818/09 v. 03/12/2009 Nº 10

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 10, a cargo del Dr. Héctor Osvaldo Chomer, secretaría Nº 19, a cargo de la Suscripta, sito en Callao 635 P.B, Cap. Fed., comunica por cinco días que con fecha 05.11.09 se ha decretado la quiebra de Arquidry SA s/Quiebra, en la cual ha sido designado síndico el contador Miguel Angel Tregob con domicilio constituido en Ecuador 1449, piso 9 'E' Cap. Fed., ante quien los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos pertinentes justificativos de sus creditos hasta el día 08.02.10 (L.C: 32) en el horario de 12 a 18 hs. El informe individual del síndico deberá presentarse el día 22.03.10, y el general el día 05.05:10 (art. 35 y 39 de la citada ley). Intímese al fallido y a terceros para que pongan a disposición del síndico la totalidad de los bienes del deudor en la forma que sea más apta para que el funcionario concursal tome inmediata y segura posesión de los mismos. A los efectos de la realización de bienes déjese constancia que no se realizarán más citaciones que la edictal y que se procederá a la venta en los términos de la L.C.: 217,1, realizándose el patrimonio con inmediata distribución de los fondos entre los acreedores verificados, sin perjuicio de las reservas para los insinuados.

Decrétase la inhabilitación definitiva de la fallida y la de sus integrantes por el plazo de un año contado desde la fecha de la presente (art. 234 a 238 de la ley 24.522). Intimese a la fallida a que dentro de 24 hs. entregue los libros de comercio y demás documentos relacionados con su contabilidad al sindico. Intímese al fallido para que en el plazo de cinco días cumpla con los requisitos del art. 11 inc. 7 de la ley 24.522 (conforme art.

86). Prohíbase a los terceros hacer pagos al fallido, los que serán ineficaces. Intímese al falllido para que dentro de las 48 hs...

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