MAESTRO Y HUERRES
Fecha de la disposición | 18 de Marzo de 2014 |
MAESTRO Y HUERRES
SOCIEDAD ANONIMA
SOCIEDAD DE BOLSA
Por Esc. Nº 28 del 06/03/2014, escribano Fernando de Abreu, Fº 143 Rgto. Not. 2095, CABA, se cambió la denominación social, se modificó su objeto social y las garantías de sus Directores, en los siguientes términos, a saber: 1) Con la denominación de “MAESTRO Y HUERRES SOCIEDAD ANONIMA”, continúa funcionando la sociedad que fuera autorizada bajo la denominación originariamente de “Maestro y Huerres Sociedad Anónima” y posteriormente de “Maestro y Huerres Sociedad Anónima Sociedad de Bolsa”.- 2) Objeto social: La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros, o asociada a terceros, en cualquier lugar de esta República, o en el exterior, con sujeción a las leyes del respectivo país, a las siguientes actividades: a) COMERCIALES: I.- De Agente de Negociación, de conformidad a lo dispuesto por la Ley número 26.831 y las normas de la Comisión Nacional de Valores N.T. 2013, por lo que podrá actuar en la colocación primaria y en la negociación secundaria a través de los Sistemas Informáticos de Negociación de los Mercados autorizados, ingresando ofertas en la colocación primaria o registrando operaciones en la negociación secundaria, tanto para cartera propia como para terceros clientes, cumpliendo con las normas dispuestas a estos efectos por la Comisión Nacional de Valores.- II.- De Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Propio, de conformidad a lo dispuesto por la Ley número 26.831 y las normas de la Comisión Nacional de Valores N.T. 2013, por lo que además de desarrollar las actividades propias de los Agentes de Negociación, podrá solamente intervenir en la liquidación y compensación de operaciones -colocación primaria y negociación secundaria-, registradas para cartera propia y sus clientes, siendo responsables del cumplimiento ante los Mercados y/o las Cámaras Compensadoras de las obligaciones propias y de sus clientes.- III.- De Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Integral, de conformidad a lo dispuesto por la Ley número 26.831 y las normas de la Comisión Nacional de Valores -N.T. 2013-, por lo que además de desarrollar las actividades propias de los Agentes de Negociación, podrá intervenir en la liquidación y compensación de operaciones -colocación primaria y negociación secundaria- registradas para cartera propia y sus clientes, como así también prestar el mencionado servicio de liquidación y...
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