Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala H, 18 de Mayo de 2017, expediente CIV 081159/2011/CA001

Fecha de Resolución18 de Mayo de 2017
EmisorCamara Civil - Sala H

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA H “Machuca Orlando Gabriel C/ Oslur Srl S/Daños Y Perjuicios” Expte.

N° 81.159/2011. J.. N° 13 En Buenos Aires, a 18 días del mes de Mayo del año 2017, hallándose reunidos los señores Jueces integrantes de la Sala “H” de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil de la Capital Federal, a los efectos de dictar sentencia en los autos: “Machuca Orlando Gabriel C/

Oslur Srl S/Daños Y Perjuicios”, y habiendo acordado seguir en la deliberación y voto el orden de sorteo de estudio, el Dr. C.M.K. dijo:

Contra la sentencia dictada en primera instancia (fs. 357/65), que hizo lugar a la demanda que perseguía la indemnización de los daños y perjuicios sufridos supuestamente en un local bailable, expresan agravios la demandada (fs. 422/5), y el actor (fs. 427/36). Este último contestó el traslado a fs. 438/42.

La empresa demandada se agravia de que se haya admitido la demanda. Señala que el hecho ocurrió fuera del local bailable, y no en su interior. Invoca el informe del servicio de emergencias, en el que no figura la dirección del local, y critica a los testigos, por ser “amigos” del actor, y por contradecir al referido informe. Agrega que resulta sugestivo que no se haya demandado al atacante, y que no se haya formulado una denuncia penal. Finalmente, cuestiona la indemnización fijada.

El actor, por su parte, considera insuficientes los montos indemnizatorios. En cuanto a la incapacidad sobreviniente, alega que no armoniza con el porcentaje de incapacidad, máxime teniendo en cuenta su edad. Solicita también la aplicación del nuevo Código Civil y Comercial que establece una fórmula matemática para determinar la indemnización.

Del mismo modo, considera insuficiente la suma fijada en concepto de daño moral, la del tratamiento psicológico. Luego critica que se haya utilizado la tasa pasiva de interés y, por último, en lo que hace a los honorarios, solicita la aplicación de la ley 5134 de la Ciudad de Buenos Aires, por ser la más favorable al abogado.

Fecha de firma: 18/05/2017 Alta en sistema: 22/05/2017 Firmado por: J.B.F., L.E.A.D.B., C.M.K., JUECES DE CÁMARA #12463973#178844394#20170519072142864 Comenzaré por el examen de la responsabilidad. No está en discusión que el actor sufrió lesiones el día 11 de julio de 2010 en horas de la madrugada (alrededor de las 2 o 3 hs de la mañana), en la localidad de San Martín. Expuso en su demanda que el día mencionado, aproximadamente a las 2:00 hs., ingresó con amigos y conocidos a la Discoteca Soul Train, ubicada en la calle R.C. 2138, de la localidad de San Martín, provincia de Buenos Aires. Refiere que aproximadamente a las 3:00 hs., mientras se encontraba parado frente a una barra colocada en el segundo piso de dicha discoteca, una persona de nombre G.M., de manera inesperada y sin motivo, subió por las escaleras y le propinó un golpe de puño en la cara. Señala que como producto del violento golpe, perdió el equilibrio e impactó con su cara contra el vidrio de un kiosco que se encuentra allí colocado, sufriendo cortes de gravedad en el rostro, cuero cabelludo y en el hombro izquierdo.

Para la demandada, el hecho, si es que ocurrió, se desenvolvió fuera del local bailable, pues ninguna prueba lo acredita. Invoca especialmente el informe del Servicio de Emergencias.

La juez de primera instancia tuvo por acredita la versión del actor.

Para ello asignó especial importancia a lo declarado por los dos testigos en estos autos, O.A.I. y B.Y.H., declaraciones obrantes a fs. 167/168 y fs. 169/170, respectivamente.

O.A.I. manifiesta haber conocido al actor en el boliche llamado Soul Train. Refiere que en julio del año 2010, estaba en ese lugar con un grupo de amigos entre los que estaba Orlando. Relata que ingresaron a las 2hs de la mañana y les dieron una consumición. Que con posterioridad subieron a la parte de arriba, en la que hay una barra donde aproximadamente a las tres de la mañana apareció G.M. -quien vino del lado del baño-. Vio que Orlando estaba parado del lado del kiosco, y que M. fue y le pegó a Orlando quien atravesó el vidrio con la cara.

Explica que lo separó a G. y ahí se dio cuenta que Orlando estaba bajando la escalera con la cara ensangrentada. Dice que en ese momento no apareció nadie, que bajaron y encontraron a una persona de seguridad a quien le preguntaron dónde se encontraba la enfermería. Agrega que les Fecha de firma: 18/05/2017 Alta en sistema: 22/05/2017 Firmado por: J.B.F., L.E.A.D.B., C.M.K., JUECES DE CÁMARA #12463973#178844394#20170519072142864 Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA H dijeron que la misma se encontraba enfrentada a la barra de abajo, lugar al que llevaron a Orlando, y le dieron las primeras curaciones. Que con posterioridad llamaron a la ambulancia y fue derivado al Hospital Thompson. Aclara que nunca supieron el motivo de la pelea, de manera que supusieron que fue por una confusión. Manifiesta que O. tenía cortada la cara, el cuero cabelludo y el brazo izquierdo, y que a raíz del hecho no declaró en sede policial ni judicial. Expresa que al Sr. G.M. lo conoce porque iba a la misma escuela que testigo, que el Sr. M. siguió

frecuentando el boliche y que la mayoría de las veces tenía alguna que otra pelea de las que vio algunas, incluso vio que lo estaban sacando. Que la edad de M. sería aproximadamente la misma que la suya, porque eran de distinto curso pero del mismo año. Por último, señala que luego de ese hecho fue un par de veces más al lugar, y no lo volvió a frecuentar porque la zona era muy violenta, aclara que no el boliche sino la zona, y expresa que tampoco tuvo contacto con las partes.

Por su parte, B.Y.H. declara que conoce al actor de ir a bailar. Que en julio de 2010 presenció el accidente de Orlando. Refiere que se juntaron en la puerta de la discoteca Soul Train y aproximadamente a las dos de la mañana entraron. Relata que a eso a las tres de la mañana estaban en el segundo piso de la discoteca muy cerca de la barra y vino una persona que golpeó a O.M. quien se va contra el kiosco lleno de vidrio -que son como ventanales-. Que luego de eso, separaron al que lo agredió y llevaron a Orlando a la enfermería porque estaba sangrando demasiado, allí

le hicieron las curaciones mínimas hasta que llamaron a la ambulancia que lo trasladó hasta el hospital T.. Señala que de ahí salieron todos los que concurrieron con Orlando a la discoteca, y fueron hasta el hospital. Que le preguntó a Orlando si tenía el número de algún familiar para explicarle la situación y éste le pasó el número de la hermana, a quien le comentó lo que estaba pasando. Agrega que la hermana se acercó hasta el hospital y después ellos se fueron...

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