Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social, 6 de Mayo de 2014, expediente 9028/2009

Fecha de Resolución 6 de Mayo de 2014

Poder Judicial de la Nación Expte. N°:9028/2009

SENTENCIA DEFINITIVA N 155632JFSS n° 6 SALA II

En la ciudad de Buenos Aires, a los 6 de mayo de 2014reunida la Sala Segunda de la Excelentísima Cámara Federal de la Seguridad Social para dictar sentencia en estos autos: "MACHADO NELIDA

LUCIA C/ANSES S/REAJUSTES VARIOS"; se procede a votar en el siguiente orden:

EL DOCTOR L.R.H. DIJO:

Llegan las presentes actuaciones a conocimiento de esta S. en virtud de los recursos de apelación interpuesto por las partes contra la sentencia de grado.

Notificado el traslado a las partes a los efectos del art. 259 del C.P.C.C.N., la Anses se presenta y me recusa sin causa en los términos del art. 14 del C.P.C.C.N., el cual fue rechazado con fecha 12 de noviembre de 2012.(ver fs. 92/94).

Esta resolución fue notificada a las partes y al Sr. Representante del Ministerio Público Fiscal, y ante el silencio de las partes, se pasó a dictar sentencia.

Entiendo que la providencia de fs. 92/94 se encuentra firme y consentida por las partes, por lo tanto y en atención a lo dispuesto por el art. 172, primer párrafo del C.P.C.C.N y lo resuelto por el Alto Tribunal en la causa “A.G.E. c/ Anses y otros s/ reajuste varios” sent del 4

de diciembre de 2012, sobre las recusaciones masivas sin expresión de causa hacia mi persona. En dicha oportunidad el Máximo Tribunal señalo “que la pretensión de la demandada de efectuar un ejercicio masivo del instituto de la recusación sin expresión de causa, desnaturaliza los propósitos y fines para los que fue concebido y ocasiona múltiples perjuicios a los justiciables.” Por ello,

entiendo que corresponde pronunciarme sobre los recursos deducidos por las partes.

El organismo administrativo cuestiona el cálculo del haber y el mecanismo de movilidad del fallo B..

La actora se agravia por el límite del haber de actividad, la falta de actualización de la Prestación Básica Universal, la tasa de interés aplicada y la manera como fueron impuestas las costas. Asimismo, solicita la declaración de inconstitucionalidad del art. 9 de la ley 24463.

Agravios Anses:

Respecto del agravio que gira en torno a la determinación del haber inicial, encuentran adecuada respuesta en la doctrina del Superior Tribunal recaída en los autos "E.A. c/Anses s/Reajustes Varios", sent del 11 de agosto del año 2009 (E. 131 XLIV R.O), en donde confirmó la postura de esta Sala que ordenó la aplicación del índice de los salarios básicos de la industria y la construcción...

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